Dan un poco de oxígeno a partidos Mujer y PUP
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Dan un poco de oxígeno a partidos Mujer y PUP

El proceso de liquidación de los Partidos Políticos Locales que no obtuvieron el porcentaje mínimo de la votación comenzará hasta 2025


Foto: redes sociales // Partidos como ‘Mujer’ no convencieron al electorado.
Foto: redes sociales // Partidos como ‘Mujer’ no convencieron al electorado.

De acuerdo a las autoridades electorales, será a principios de año cuando se dé paso a la etapa de liquidación de los dos partidos políticos que no alcanzaron el 3% de la votación general tras los comicios del 2 de Junio.

La víspera, el consejo general del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) declaró el inicio del procedimiento de liquidación de los partidos políticos locales; Unidad Popular y Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones.

Esto, dado que PUP logró el 2.26% en diputaciones y 2.60% en concejalías, mientras que Mujer el 2.50% en diputaciones y 1.90% en concejalías, lo cual incumple con el porcentaje mínimo legalmente establecido para mantener su registro como partidos políticos locales.

Y en consecuencia, en estricto apego a los principios rectores de la función electoral, lo conducente es dar inicio con el procedimiento de liquidación señalado en la Ley, para lo cual se debe instruir a la Junta General Ejecutiva del Instituto designe a una persona interventora quien será la responsable del control y vigilancia directos del uso y destino de los recursos y bienes de cada uno de los partidos políticos locales.

 

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En tanto, el procedimiento de liquidación de los Partidos Políticos Locales que no obtuvieron el porcentaje mínimo de la votación para conservar su Registro y de Liquidación de las asociaciones civiles de las Candidaturas Independientes, comenzará en 2025.

El proceso de liquidación de un Partido político se compone de las siguientes etapas:

  1. a) Etapa de prevención: comienza con el nombramiento del Interventor o interventora y termina con la emisión del aviso de liquidación, se constituye como una medida cautelar que tiene por objeto vigilar el uso y destino de los recursos del Partido político hasta en tanto se determina la perdida de registro con el fin de evitar el menoscabo en su patrimonio.
  2. b) Etapa de liquidación: inicia cuando el Interventor emite formalmente el inicio del procedimiento de liquidación y concluye con la entrega del informe final al Consejo General, este proceso tiene por objeto liquidar el patrimonio de los Partidos políticos y hacer efectivas sus obligaciones laborales, fiscales, mercantiles y financieras.

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