Valores constitucionales a consagrar en los planes municipales
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Valores constitucionales a consagrar en los planes municipales

 


En el H. Congreso del Estado de Oaxaca, es de suma importancia y de gran trascendencia, ayudar normativamente a los Municipios de acuerdo a los principios del Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, agotar los extremos del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca La Ley de Planeación, Desarrollo Administrativo y Servicios Públicos Municipales, establecen las bases a las que se sujetarán los municipios como organización política, administrativa y división territorial del Estado. Así como disposiciones de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Oaxaca. Los Honorables Ayuntamientos, deben  enmarcarse dentro del principio de Autonomía Municipal ya que marca la pauta que la ley nos reconoce en el marco del estado de derecho y el respeto como indígenas. Los artículos 9 y 11 del PND contiene principios rectores son armonizados con cada Municipio de Oaxaca a saber: 

  1. a) Autonomía: Los Municipios de Oaxaca, ejercerán sus funciones de planeación en apego a sus atribuciones constitucionales y legales y con arreglo al Plan Municipal de Desarrollo; b) Coherencia: Deberá ajustarse a los programas, subprogramas y proyectos que el Estado y la Federación tengan para la planeación que establece la presente, deberán tener una relación lógica y armónica con las estrategias y objetivos establecidos; c) Complementariedad: Cada Municipio, colaborará con las autoridades e instancias gubernamentales federales y estatales, dentro de su ámbito funcional con el fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos del mismo; 
  2. d) Concurrencia: Colaborará con todas las autoridades de planeación deban desarrollar actividades en conjunto hacia un propósito común, teniendo facultades de distintos niveles, en cuyo caso sus actuaciones deberán ser oportunas, procurando la mayor eficiencia y respetando la competencia que les corresponda; e) Consistencia: Con el fin de asegurar un balance presupuestario sostenible, ajustando la actividad municipal a todos los programas que beneficien al Municipio, las proyecciones de ingresos y de financiamiento; así como del marco jurídico que corresponda al Presupuesto de Egresos; f) Convergencia: Los planes promoverán la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios como factores básicos de desarrollo de las comunidades y agencias; 
  3. g) Continuidad: Con el fin de asegurar la ejecución de las estrategias, programas y proyectos y los demás planes, se impulsará por el Municipio su cabal ejecución; h) Coordinación: El Municipio garantizará la debida armonía y coherencia entre las actividades de carácter interno y externo que realicen tendientes a la formulación, ejecución y evaluación de los planes en beneficio propio del Municipio. i) Eficacia: Las políticas y objetivos contenidos en este plan, deberá procurar la satisfacción de las demandas de la sociedad y el logro de los impactos previstos sobre las necesidades requeridas por los habitantes del Municipio; j) Eficiencia: En la formulación y ejecución de este Plan del Municipio, se deberá optimizar el uso de los recursos económicos, humanos y técnicos necesarios, teniendo en cuenta que los beneficios sean superiores a los costos; k) Participación: Durante el proceso de formulación, elaboración, validación, discusión, aprobación del presente Plan del Municipio, las autoridades e instancias Estatales y Federales, velarán por hacer efectivos los procedimientos de participación ciudadana y el aplicar un enfoque transversal; 
  4. m) Seguimiento y evaluación: El Plan del Municipio será objeto de seguimiento y evaluación periódica con el fin de valorar objetivamente sus resultados y el impacto social alcanzado con los recursos asignados, mediante la verificación del grado de cumplimiento de las metas con base en indicadores estratégicos y de gestión que permitan conocer su desempeño; así como de cualquier financiamiento obtenido en beneficio del Municipio por obra pública o servicios logrados. n) Servicio al ciudadano: El Plan del Municipio deberá promover la eficiencia y transparencia en la gestión y centrar todas sus acciones en responder y atender, bajo criterios de calidad y oportunidad, los requerimientos y las inquietudes de las y los ciudadanos en relación con los procesos de planeación y con los bienes y servicios que otorga el Estado o la Federación; o) Subsidiariedad: El Plan del Municipio contará con las autoridades e instancias de planeación de mayor jerarquía quienes deberán apoyar transitoriamente a aquellas que carezcan de capacidad técnica para la preparación oportuna del Plan.
  5. p) Viabilidad: Las políticas, programas y proyectos contenidos en el Plan del Municipio deberán ser factibles de realizar, teniendo en cuenta las metas propuestas, sus riegos, el tiempo disponible para alcanzarlas, los recursos económicos a los que es posible acceder y las capacidades de administración y ejecución.
  6. q) Corresponsabilidad: A través del Plan de desarrollo Municipal  se visualizan las necesidades que existen en el Municipio dando así una solución progresiva a cada una de estas necesidades de manera coordinada. r)La Participación informada, s) Integralidad, t) Transversalidad, u) Sustentabilidad, v) Equidad, x) Interculturalidad, y) Igualdad de género, z) Apego a la legalidad, a1) Productividad, a2)Transparencia y rendición de cuentas. Honestidad, etc, son ya principios a respetar en la 4T.