La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó este martes 11 de junio la liberación inmediata de Juana Hilda González Lomelí. Quien pasó 19 años y 5 meses en prisión por el caso del secuestro y presunto homicidio de Hugo Alberto Wallace. La resolución, emitida por la Primera Sala, se basa en la invalidez de la confesión que la implicaba, por haber sido obtenida bajo tortura, amenazas e intimidaciones, según se estableció en el amparo directo 26/2022.
El caso adquiere relevancia nacional no sólo por el tiempo transcurrido, sino por lo que revela sobre los vicios estructurales del sistema de justicia mexicano: desde la tortura como práctica de investigación, hasta la valoración de pruebas contaminadas y violaciones sistemáticas al debido proceso.
La Corte confirma tortura e invalida las pruebas clave
De acuerdo con el proyecto aprobado por mayoría de votos, presentado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, se determinó que la declaración inculpatoria de González “no fue libre ni voluntaria”, sino que fue rendida en un contexto de arraigo ilegal y mediante presiones físicas y psicológicas. Lo que fue advertido desde hace años por el Instituto Federal de Defensoría Pública (IFDP).
En consecuencia, no solo su testimonio fue declarado nulo, sino que también todas las pruebas derivadas de dicha confesión quedaron invalidadas por estar viciadas de origen. Las pruebas restantes en el expediente resultaron insuficientes para sostener su responsabilidad penal. Lo que llevó al máximo tribunal a conceder la protección constitucional y ordenar su excarcelación.
El caso Wallace y los coprocesados: más fallos podrían venir
La decisión de la Corte sienta un precedente en uno de los casos más polémicos y debatidos de las últimas décadas. La familia de Hugo Alberto Wallace ha sostenido que se trató de un secuestro y homicidio con pruebas sólidas. Mientras que diversos organismos de derechos humanos han denunciado irregularidades, fabricación de culpables y violaciones graves al debido proceso.
El fallo de la Corte podría tener efectos inmediatos sobre otros coprocesados en el mismo caso. Cuyos juicios se encuentran suspendidos a la espera de este desenlace. Se trata de César F., Albert y Tony C., así como Brenda Q. y Jacobo T.. Quienes enfrentan cargos basados en la misma estructura probatoria que fue declarada nula.
Más que un caso individual: una señal de advertencia al sistema judicial
La Primera Sala de la SCJN fue enfática: la gravedad de un delito no justifica la violación de derechos humanos. En su comunicado oficial, advirtió que este caso “pone de relieve algunas de las violaciones más persistentes del sistema penal tradicional, como la obtención de pruebas bajo tortura, la falta de defensa adecuada, y el uso de estereotipos de género en la valoración judicial”.
El fallo también señala que miles de personas continúan procesadas o privadas de la libertad bajo condiciones similares a las de González Lomelí. Lo que exige una revisión profunda de los procedimientos penales y de la cultura de impunidad institucionalizada en el país.
¿Reparación del daño y justicia real?
A pesar de su liberación, la situación de Juana Hilda González no representa automáticamente justicia plena. Después de casi dos décadas tras las rejas, queda pendiente el tema de la reparación integral del daño. Así como la eventual responsabilidad penal de quienes incurrieron en actos de tortura o fabricación de pruebas.
Organizaciones defensoras de derechos humanos han comenzado a exigir que este fallo sea un punto de partida para desmantelar prácticas sistemáticas de tortura dentro del sistema de justicia penal, y no un caso aislado que quede en el olvido.