¡Hasta 50 o 70 años de cárcel podrían alcanzar policías implicados en el homicidio de Diego I. Paz!
Apenas en el mes de junio se aprobó y tipificó el delito de ejecución extraoficial en Oaxaca y este será el primer caso que se realice bajo este proceso penal
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGEO), informó este día que llevó ante juez a los dos elementos de la Policía Municipal de Santa Lucía del Camino, identificados como A.R.P. y J.J.S.C., por el delito de ejecución extrajudicial en contra del estudiante de la Universidad Anáhuac Oaxaca, Diego Ignacio Paz; Este delito establece un castigo de 50 a 70 años de prisión y con una fuerte multa económica.
En su comunicado, la FGEO reafirmó su compromiso en el caso, asegurando que emplean los más altos estándares en materia de procuración de justicia y con perspectiva de derechos humanos, así como victimológica.
Como parte de los avances, después de aprender a dos policías implicados en el asesinato de D. I. P. confirmó que realizó los trabajos jurídicos necesarios para “aplicar la reforma realizada al Artículo 292 Quarter del Código Penal del Estado de Oaxaca, lo que permitió obtener el resultado favorable en la audiencia de control de detención y comunicación de imputación que se desarrolló este 4 de septiembre de 2024, en contra de dos personas del sexo masculino identificadas como A.R.P. y J.J.S.C., por el delito de ejecución extrajudicial de un hombre identificado como D.I.P.
PRIMER CASO EN MÉXICO DE EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL
Este será el primer caso en todo México en que se realiza un proceso penal bajo el delito de ejecución extrajudicial, desde que se aprobó y tipificó el delito en Oaxaca en el mes de junio.
“El organismo procurador de justicia, a través de la Fiscalía Especializada para la Atención a Delitos de Alto Impacto ha realizado los actos de investigación gracias a los cuales se han reunido las pruebas suficientes para realizar la imputación de este caso paradigmático”, resalta la misiva de la FGEO.
Además, se detalla que “dentro de la integración de la carpeta y la imputación se implementaron las directrices del Protocolo de Minnesota como criterio orientador ante la sospecha fundada que probablemente existió un uso ilegal de la fuerza pública”.
Asimismo, la fiscalía enfatizó que para la institución es prioritario garantizar a las víctimas directas e indirectas, el acceso a procesos de procuración de justicia adecuados que permitan acceder a la reparación del daño, así como garantizar su derecho a conocer la verdad de lo ocurrido, derecho que es transversal para la comunidad, la cual también sufre los efectos de este tipo de conductas, pues se vulnera la confianza en las autoridades lo que hace necesario acciones que permitan una adecuada rendición de cuentas.
¿CÓMO SUCEDIERON LOS HECHOS?
El caso del asesinato del joven Diego Ignacio Paz, ha causado gran indignación en la sociedad desde el fin de semana.
Según la carpeta de investigación, “los hechos ocurrieron durante la madrugada del sábado 31 de agosto de 2024, cuando dos personas del sexo masculino, identificadas por las iniciales C. J. R. M. y D. I. P., viajaban a bordo de un automóvil y llegaron al punto de verificación de un operativo de alcoholímetro, colocado sobre la Avenida Lázaro Cárdenas”.
Al tratar de evadir el filtro por probables actos de intimidación y soborno de los oficiales, supuestamente los jóvenes arrollaron a dos policías, lo que desató una persecución, hasta que les dieron alcance, los bajaron del auto y los golpearon brutalmente, al grado de dispararle al joven estudiante de comunicación, quien horas más tarde perdió la vida.
Debido a lo mediático que se ha vuelto el suceso, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca refrenda su compromiso de trabajar de forma objetiva, expedita e imparcial para que este hecho no quede impune, de la misma manera en que se brinda la atención en todos los casos de delitos de alto impacto, para establecer la verdad jurídica de los hechos y que las víctimas directas e indirectas tengan pleno acceso a la justicia.
LAS CONSECIENCIAS
En torno a la situación que se les imputa a los policías implicados, es importante señalar que hace aproximadamente dos meses se aprobó la reforma al Código Penal para tipificar como delito la ejecución extrajudicial en el estado y castigar con cárcel a quien cometa este delito.
Esta reforma surgió derivado de los hechos violentos ocurridos el 19 de junio de 2016 en Asunción Nochixtlán, Oaxaca, cuando murieron seis pobladores, y 149 personas resultaron lesionadas, de ellas, 45 fueron por arma de fuego y 84 por gases lacrimógenos, de acuerdo con el informe de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), además tiene antecedentes de lo ocurrido en el desalojo violento en el 2006.
¿QUÉ ES LA EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL?
En el dictamen refiere que:
“Comete el delito de ejecución extrajudicial el integrante o miembro de cualquier corporación de seguridad pública estatal o municipal que, estando en ejercicio de su cargo, actuando arbitrariamente o con abuso o exceso de fuerza, prive de la vida a una o más personas; así como cualquier persona que, con el consentimiento, aprobación, orden o apoyo de cualquier servidora o servidor público estatal o municipal, prive de la vida a una o más personas”.
SEVERO CASTIGO
La reforma al Código Penal de Oaxaca en el artículo 292 Quáter, establecerá un castigo de 50 a 70 años de prisión y con una multa de mil a mil 500 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien cometa el delito de ejecución extrajudicial.
En el caso de que quien haya cometido este delito sean servidores públicos, se les inhabilitará para ejercer cualquier cargo público por el tiempo que dure la pena impuesta.
Cuando se acredite que la víctima era una persona defensora de derechos humanos, la pena se incrementará en un tercio de la mínima y hasta un tercio de la máxima.