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EL ARTÍCULO 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que “el Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial y que no podrán reunirse dos o más de estos poderes en un solo individuo o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo”.

LA DIVISIÓN de poderes es toral en la democracia porque LIMITA el poder público y es un freno a la corrupción y al abuso.

EN CIERTA OCASIÓN, un escritor del siglo XIX, John Acton (Lord Acton), detractor del dogma de la infalibilidad pontificia, construyó la frase: “Power tends to corrupt, and absolute power corrupts absolutely” (El poder tiende a corromper y el poder absoluto corrompe absolutamente) bastante célebre por el alcance de la acepción de ésta.

LOS TEÓRICOS de la política, han aludido la importancia que tiene la división de los poderes. Para el filósofo británico John Locke (1632-1704) ésta yace en limitar el poder del gobernante para impedir el abuso de éste.

PARA el ilustrado francés, el barón de Montesquieu, la división de poderes importa porque abona a la libertad, en “El Espíritu de las Leyes, escribió;

“En cada Estado hay tres clases de poderes: el legislativo, el ejecutivo de las cosas pertenecientes al derecho de personas, y el ejecutivo de las que pertenecen al civil.

Por el primero, el príncipe o el magistrado hace las leyes para cierto tiempo o para siempre, y corrige o deroga las que están hechas. Por el segundo, hace la paz o la guerra, envía o recibe embajadores, establece la seguridad y previene las invasiones; y por el tercero, castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares. Este último se llamará poder judicial; y el otro, simplemente, poder ejecutivo del Estado (…).

“Cuando los poderes Legislativo y Ejecutivo se hallan reunidos en una misma persona o corporación, entonces no hay libertad, porque es de temer que el monarca o el senado hagan leyes tiránicas para ejecutarlas del mismo modo.

“Así sucede también cuando el poder judicial no está separado del poder legislativo y del ejecutivo. Estando unido al primero, el imperio sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, por ser uno mismo el juez y el legislador y, estando unido al segundo, sería tiránico, por cuanto gozaría el juez de la fuerza misma que un agresor.

“En el Estado en que un hombre solo, o una sola corporación de próceres, o de nobles, o del pueblo administrase los tres poderes, y tuviese la facultad de hacer las leyes, de ejecutar las resoluciones públicas y de juzgar los crímenes y contiendas de los particulares, todo se perdería enteramente.”

PERO todas estas líneas pueden a sonar a letra muerta en una democracia, así sea incipiente, como lo era la mexicana, pero, CUANDO el apetito autoritario de un solo hombre comienza a sentar las bases de un poder omnímodo, apreciamos en toda su dimensión las razones por las que Montesquieu argüía como necesaria la división del poder y NO entregarlo nunca a un solo hombre.

HOY la voracidad del obradorismo, ha dejado claro que el Poder Ejecutivo y Legislativo se están fusionando y que su “mundo ideal” también sería asumir el poder judicial (los dictadores desean instaurar el absolutismo del siglo XXI). No obstante, la Suprema Corte de Justicia de la Nación está dando la batalla institucional de que nadie esté por encima de la Constitución desarticulando los intentos obradoristas por pulverizar a instituciones como el INE, más las batallas por venir.

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