¿MÁS CLARA LA DICTADURA CON  LA REFORMA A LA LEY DE AMPARO?
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¿MÁS CLARA LA DICTADURA CON  LA REFORMA A LA LEY DE AMPARO?

 


ANA MARÍA SOLEDAD CRUZ VASCONCELOS

A la 4T lo único que le importa es que los caprichos del presidente se cumplan, cueste lo que cueste y le guste o no, a quien lo sufre. La resistencia a no cumplir con la suspensión ordenada por los jueces federales, en obras desastrosas, en aquellas que, sin un plan directivo, sin estudios de impacto ambiental, sin transparencia en las adquisiciones y contratos de obra; que se hacen, al ahí se va, como el Tren Maya, cambiando de ruta cada momento, decidiendo sobre la marcha, rompiendo la arqueología formada por cientos de años, peccata minuta. Con qué derecho puede pasar sobre la voluntad y la dignidad de las personas, como la de los pueblos originarios, que siempre usó de bandera. Cómo se cree dueño de la verdad, dueño de vidas y haciendas; y señor de las tierras nacionales, federales y privadas que destruye y arrebata. Como lo está haciendo en los centros turísticos que impulsó FONATUR, Centros Integralmente Planeados CIPs, diseñados por expertos; que resultaron exitosos.

Con qué derecho sin preguntarle a la población, sin conocer el desarrollo de los proyectos, llega como Atila y destruye ciegamente porque busca el dinero de los fideicomisos. Bueno, hasta la empresa explotadora de sal en Guerrero Negro, administrada con números negros México-Japón, hasta el año pasado, la primera en producción de sal en el mundo. No respeta a la población, no le consulta como la constitución exige en el artículo 26. Hace lo que quiere con el dinero de usted estimado lector y mío. Para eso la constitución que juró respetar, indica que el trabajo de su gobierno debe ceñirse al mandato del Plan Nacional de Desarrollo obtenido con la consulta pública en su campaña. Quién no recuerda su frase de hace cinco años “mandar obedeciendo”. La verdad, nadie sabe si en ese plan, plagado de ideología y poca ciencia administrativa, realmente fue producto de la consulta pública o de sus grandes ideas.

Es un megalómano con obsesión desmedida por su propia importancia de poder o grandeza, no escucha, tiene otros datos. Lo dice infinidad de veces, quiere ser un estadista, como Juárez. Ha declarado en la mañanera que dejará más áreas naturales protegidas que Lázaro Cárdenas. Solo se le olvida que Lázaro Cárdenas no hizo un desastre en ninguna selva. La suspensión de leyes inconstitucionales y de obras sin permisos, sin estudios, es en favor de los justiciables. Somos los ciudadanos los que tenemos como defensa de las frecuentes arbitrariedades y excesos de autoridades a la ley de amparo. La suspensión del acto reclamado puede ser por inconstitucionalidad de los actos, leyes o decretos o por falta de legalidad. Protege nuestros derechos humanos y nuestras garantías procesales. Esta medida precautoria que la establece la propia Constitución Federal en el artículo 107 fracciones X y XI, estableciendo la valoración que del caso deben hacer los jueces de Distrito en un amparo indirecto o un tribunal colegiado en caso de un amparo directo, atendiendo fundamentalmente a: a) La naturaleza de la violación alegada, b) A la dificultad de la reparación del daño, c) Los daños y perjuicios que puede sufrir el agraviado, d) Los daños y perjuicios que pueda originar la suspensión a terceros perjudicados y, e) El interés público.

Esto, está en la Constitución, por ello, modificar la ley de Amparo, como lo desean hacer, simplemente es inconstitucional, pero servirá para lavarse la cara las autoridades que entran en contumacia y merecen la cárcel por no cumplir con la orden judicial, y caer en un juego de que la Ley de Amparo determine la suspensión al gusto de la 4T, y seguir extrayendo el dinero de los mexicanos y dilapidándolo por otro lado. Con la suspensión del acto reclamado, se evita la aplicación de una ley inconstitucional a otras personas, que ni enteradas de estas normas generales resultan afectadas, en especial a grupos vulnerables que no acudieron al amparo, y en sentencia resulta que se declaran inconstitucionales y de mientras ya se les aplicó resultando una desigualdad y discriminación en el acceso a la justicia. Es por ello, que siempre velará el Poder Judicial de la Federación por el interés público.