La Fiscalía General de Oaxaca (FGO) recibió 352 denuncias por crueldad y muerte de animales de los años 2022 a lo que va de este 2024, siendo el 2023 con mayor número de carpetas de investigación abiertas.
De acuerdo con el reporte de 2022, recibió 121 denuncias en ese año, de las cuales, 111 son de crueldad y agonía a animales vertebrados, y 10 por privación de la vida de animales vertebrados.
Para el 2023 fueron 149 denuncias, y 23 corresponden a la muerte del animal, mientras tanto en lo que va de este año, de 59 casos, 11 fueron por privación de la vida.
En redes sociales es frecuente la denuncia por maltrato a los animales como el pasado 11 de abril que se difundió que un hombre atropelló a un perrito que estaba echado en la calle en Santa María Coyotepec.
El señor lanzó el vehículo al canino y por las redes la gente pidió que se le aplicara el castigo necesario a esa persona por su acción en material.
También en el Congreso local han pedido leyes más severas contra estas prácticas.
En el Congreso, en meses pasados, se realizó el Foro “La prevención de la violencia hacia los Animales como estrategia de seguridad ciudadana”, con el tema del Maltrato Animal en la Legislación Estatal.
Y en ese encuentro, presentaron la iniciativa para establecer qué es el maltrato y la crueldad animal, así como para incrementar las penas.
La legisladora Haydeé Reyes resaltó la importancia de atender el bienestar de los animales, ya que en el artículo 12 de la Constitución Política de Oaxaca se reconoce a los animales como seres sintientes, otorgándoles el derecho a recibir un trato digno.
En el Código Penal de Oaxaca, el apartado de los delitos cometidos contra la vida e integridad de los animales en su artículo 419, establece que se castigará con cárcel de 3 meses a 2 años y con multa de 100 a 1000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización vigente a quien, dolosamente realice actos de sufrimiento que no lleven a una muerte inmediata del animal vertebrado.
Asimismo, que cause lesiones que pongan en peligro la vida del animal vertebrado o provoque lesiones o marcas de por vida que generen una agonía permanente para el animal
En el artículo 419 Bis dice: “Se impondrá pena de 6 meses a 5 años de prisión y el equivalente de 200 a dos mil Unidades de Medida y Actualización a quien: críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole, entre otros.