Del total de víctimas de delitos sexuales en 2024, más del 92% fueron del sexo femenino, con edades de uno y hasta 94 años de edad, de acuerdo a los registros de la Fiscalía General de Oaxaca.
De las mujeres víctimas de delitos sexuales (mil 886), el organismo estatal mostró que el 49.47% fueron menores de 18 años, con un total de 933 casos en 2024. De estas, 189 tenían de 1 a 10 años de edad.
De las 2 mil 046 víctimas por este delito el año pasado, Oaxaca de Juárez encabezó la lista de los municipios con el mayor registro con 381, seguido de San Juan Bautista Tuxtepec con 104 y Santa Cruz Xoxocotlán con 88.
El Código penal federal refiere al hostigamiento sexual, abuso sexual, estupro y violación como los delitos que atentan contra la integridad sexual.
De acuerdo al artículo 260, comete el delito de abuso sexual quien ejecute en una persona, sin su consentimiento, o la obligue a ejecutar para sí o en otra persona, actos sexuales sin el propósito de llegar a la cópula.
“A quien cometa este delito, se le impondrá pena de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días multa. Para efectos de este artículo se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos”.
También se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual, o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento. Si se hiciera uso de violencia, física o psicológica, la pena se aumentará en una mitad más en su mínimo y máximo.
Así también, en el artículo 261, se establece que a quien cometa el delito de abuso sexual en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aun con su consentimiento, o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo en sí o en otra persona, se le impondrá una pena de seis a trece años de prisión y hasta quinientos días multa.