Aprueba IEEPCO tablas de competitividad para 2024
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Aprueba IEEPCO tablas de competitividad para 2024

Nuevo partido político también está obligado a cumplir con paridad en sus postulaciones


Foto: IEEPCO // Anuló el IEEPCO elecciones en Santa María Tlahuitoltepec y Santo Domingo Albarradas por no garantizar la paridad de género.
Foto: IEEPCO // Anuló el IEEPCO elecciones en Santa María Tlahuitoltepec y Santo Domingo Albarradas por no garantizar la paridad de género.

Consejeros del IEEPCO aprobaron las tablas de competitividad que deberán observar los partidos políticos en la postulación de las candidaturas para los cargos de diputaciones por el principio de mayoría relativa y concejalías a los ayuntamientos en el Proceso Electoral 2024.

Y es que las tablas de competitividad deberán ser cumplidas por  los institutos partidistas en la postulación de las candidaturas para los cargos de diputaciones por el principio de mayoría y concejalías a los ayuntamientos para cumplir con el principio de paridad.

Derivado a que son de reciente creación, el partido Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones (MUJER) postulará candidaturas en condiciones de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.

Explicaron que se identificó la votación válida emitida en todas y cada una de las secciones electorales que componen el estado de Oaxaca, en elección de diputaciones locales inmediata anterior, y esta se ordenó de conformidad con la nueva demarcación territorial de los veinticinco distritos electorales uninominales locales, realizando una nueva sumatoria que considera las nuevas agrupaciones seccionales.

Subrayaron que se brinda certidumbre a los actores políticos y a la ciudadanía en general, respecto de la calificación que debe realizar de la competitividad de los partidos políticos en los distintos distritos electorales uninominales que estarán en contienda en el presente Proceso Electoral Ordinario 2023-2024.

Las tablas de competitividad no resultan aplicables para el partido político que recientemente obtuvo su registro, como es el caso del Partido Movimiento Unificador de Jóvenes en el Estado y sus Regiones, pero prevalece la obligación de que en la postulación de sus candidaturas lo hagan en condiciones de igualdad de oportunidades para mujeres y hombres, observando el principio de paridad en sus diferentes vertientes, subrayaron.

Tanto para la postulación de diputadas y diputados como para la postulación de las planillas de concejalías a los ayuntamientos, señalaron que el otorgamiento de las tablas con el total de posibles postulaciones para ambos cargos de elección popular, no obliga a los partidos políticos a registrar en la totalidad de cargos a renovar en la entidad.

 

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En otro asunto, los consejeros y representantes de partidos políticos votaron por retirar del orden del día, el punto sobre lineamientos en materia de reelección y elección consecutiva a cargos de elección popular, al carecer de socialización y consenso.

Sin embargo dieron luz verde, a las modificaciones a la convocatoria para participar en la observación electoral en el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024, en el Estado de Oaxaca.

Así mismo, el consejo  no validó las elecciones de los municipios de Santa María Tlahuitoltepec y Santo Domingo Albarradas al no garantizar el principio constitucional de paridad.

Por lo cual, las consejeras y consejeros  los exhortaron a que adopten medidas que garanticen la plena y total participación política en sus elecciones y en la integración paritaria del cabildo municipal.

De paso, validaron las elecciones ordinarias de concejalías a los Ayuntamientos de San Baltazar Yatzachi El Bajo, Totontepec Villa de Morelos, San Bartolomé Zoogocho, San Juan Juquila Vijanos, San Juan Teita, San Pedro Ocotepec, Santiago Laxopa y Santo Domingo Roayaga.


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