PUP deberá elegir nueva dirigencia
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PUP deberá elegir nueva dirigencia

El actual dirigente, Uriel Díaz, llama a construir acuerdos


Foto: Facebook Partido Unidad Popular / Los integrantes del PUP deberán efectuar una nueva asamblea estatal para ratificar o nombrar la nueva dirigencia.
Foto: Facebook Partido Unidad Popular / Los integrantes del PUP deberán efectuar una nueva asamblea estatal para ratificar o nombrar la nueva dirigencia.

Debido a que violentaron sus propios estatutos, integrantes del Partido Unidad Popular (PUP) deberán efectuar una nueva asamblea estatal para ratificar o nombrar la nueva dirigencia.

Previamente el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) ordenó la celebración de una nueva asamblea estatal de renovación, modificación o ratificación del Comité Ejecutivo Estatal del partido político Unidad Popular (PUP).

Los magistrados exhortaron al instituto político a definir fecha, hora y lugar de celebración de la referida asamblea, además, requirió que se deberá llevar a cabo en breve.

La resolución del Juicio para la Protección de los Derechos Políticos Electorales del Ciudadano, con clave:  JDC/77/2023; vincula al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) para que, adicionalmente a la publicidad que el PUP realice en sus estrados y página de internet; dicha autoridad también difunda la información de la asamblea estatal, en sus propios estrados y en su propia página de internet.

Aunado a ello, ordenó a la dirección ejecutiva del IEEPCO modifique el libro de registro para que se mantenga la integración del Comité Ejecutivo del partido definida previa a esta controversia.

La determinación, es producto del análisis de dos actas de asamblea y de diversas pruebas que componen el expediente, con lo cual se constató que, en ambas, se trastoca el principio de certeza que debe contar todo acto electoral.

Precisaron que porque en ambas asambleas, se desatendieron los propios estatutos del partido político, y de la convocatoria emitida para la renovación, modificación o ratificación del Comité Ejecutivo.

Además que, no hay elemento que dote de certeza que las personas participantes, efectivamente fueron las personas representantes de los comités municipales y distritales e incluso de quienes integraban el Comité Ejecutivo, citaron.

La sentencia declaró fundado el agravio relacionado con la trasgresión al principio de certeza y seguridad jurídica, por parte de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas, Partidos Políticos y Candidaturas Independientes del Instituto Electoral local, dicta la sentencia.

En tanto, el dirigente del PUP Uriel Díaz y a quien una facción del instituto político había depuesto llamó a la construcción de un acuerdo para darle salida a la problemática interna.


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