Sigue sin operar extinción de dominio en Oaxaca
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Sigue sin operar extinción de dominio en Oaxaca

Más de 3 mil mdp sin recuperarse por falta de jueces especializados; 2 mil 381 investigaciones en stand by, dice fiscal anticorrupción


Sigue sin operar extinción de dominio en Oaxaca | El Imparcial de Oaxaca
Foto: Internet

La invalidación del primer párrafo  del artículo 10 de la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Oaxaca por la SCJN, no evita que se pueda proceder en Oaxaca por delitos ligados a la corrupción, afirmó ayer el fiscal anticorrupción, Jorge Iruegas Álvarez.

La víspera, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto por el que se reformó un artículo de la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Oaxaca, por invadir la competencia del Congreso de la Unión para legislar en la materia.

“La ley sí contempla delitos por hechos de corrupción y esa determinación de la SCJN resulta irrelevante, porque se tiene un instrumento nacional, pero en el estado nos faltan juzgados o jueces especializados en extinción de dominio”, señaló Iruegas Álvarez.

En la acción de inconstitucionalidad 103/2019, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandó la invalidez del artículo 10 de la Ley de Extinción de Dominio para el Estado de Oaxaca, publicado en el Periódico Oficial el 17 de agosto de 2019, mediante Decreto 661.

El fiscal anticorrupción precisó que la determinación de la  Corte no significa que en Oaxaca ya no se pueda generar la acción de extinción de dominio, “estamos ahora bajo la vigencia de la Ley Nacional de Delincuencia Organizada”.

“Todavía no se puede aplicar porque se está trabajando con el Poder Judicial del Estado para esa creación y capacitación continua en la materia, llevamos a más de 14 personas certificadas con la Embajada de Estados Unidos en investigación financiera y extinción de dominio”, añadió.

El funcionario estatal comentó que hasta el mes de junio  tienen abiertas 2 mil 381 investigaciones en trámite y que amparan en promedio más de 3 mil millones de pesos.

“Un asunto puede llevarse años porque tradicionalmente se espera hasta llegar a sentencia, porque no depende del Ministerio Público sino del juez y medios de defensa del inculpado, de ahí la importancia de la extinción de dominio”, explicó.

Confió en que antes de que termine el año comience a operar la extinción de dominio; “soy el principal interesado en tener jueces en la materia porque comenzaríamos a recuperar más rápido el recurso desviado”.  

Mientras no se recupere el recurso, más allá de que la persona inculpada sea llevada ante un juez y cumpla una sentencia, la ciudadanía lo que quiere es que el dinero se regrese y no sea disfrutado por prestanombres, familiares o por el mismo inculpado una vez concluida la sentencia, así frenamos la impunidad, externó. 

 “En virtud de la reforma a la Constitución Federal publicada el 14 de marzo de 2019, se facultó al Congreso de la Unión para expedir la legislación única en materia de extinción de dominio, por lo que a partir de la entrada en vigor de dicha reforma, el día 15 de ese mes y año, los congresos de las entidades federativas dejaron de ser competentes para legislar en ese ámbito”, indicó la SCJN en un comunicado.


aa

 

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