En 2019, registran 295 juicios sucesorios intestamentarios; ninguno se ha resuelto
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En 2019, registran 295 juicios sucesorios intestamentarios; ninguno se ha resuelto

Un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes.


En 2019, registran 295 juicios sucesorios intestamentarios; ninguno se ha resuelto | El Imparcial de Oaxaca

Cuando algún miembro de la familia fallece sin dejar testamento para heredar sus bienes, los parientes deben iniciar un juicio sucesorio intestamentario con la finalidad de que un juez de lo Familiar, de lo Civil o Mixto determine quién o quiénes serán sus herederos ya que incluso las deudas contraídas en vida también se transfieren y su pago puede llegar a ser reclamado por los acreedores.

De acuerdo con la Dirección de Planeación e Informática del Consejo de la Judicatura, en los Juzgados del Distrito Judicial del Centro se tienen 338 juicios sucesorios intestamentarios tramitados durante 2018, de los cuales ya se resolvieron tres.

En este año, hasta el pasado mes de agosto, se habían presentado 295 juicios sucesorios intestamentarios y aún no se resuelve ninguno de ellos.
Legalmente se pueden heredar los bienes inmuebles, dinero, ganado, alhajas, son los casos más comunes y los tipos de testamento que establece el Código del Estado son Público abierto, Cerrado y Suplementario.

Marcial Pérez Hernández, presidente del Colegio de Notarios de Oaxaca, explicó que el testamento facilita el proceso de sucesión, ya que para disponer de los bienes en caso de no existir un testamento se deberá tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes.

En algunos casos, si se cumplen con los requisitos establecidos por la ley, la sucesión legítima o intestamentaria puede tramitarse ante notario público; sin embargo, siempre será más sencillo el proceso de sucesión si se cuenta con testamento.

Destacó que para registrar su testamento solamente debe acudir al notario de su elección, además de que no hay necesidad de listar o relacionar todos los bienes que tienes al otorgar un testamento, ni presentar documentación que acredite su propiedad.

El testamento público abierto es un acto por el que una persona designa, ante un notario, a las personas que a su fallecimiento serán dueños de sus bienes y propiedades, convirtiéndose así en los legítimos herederos de su patrimonio.

Además de representar un ahorro económico para los herederos o legatarios, ello facilita el proceso de sucesión, pues de no existir debe tramitarse a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quiénes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes.

Dicho proceso suele ser costoso y lento, por lo que el testamento es la mejor forma para proteger a los hijos menores de edad o discapacitados, designando a un tutor que tenga el cuidado y la guarda de su persona y bienes. También refiere que un testamento es la mejor forma de proteger la armonía y la seguridad familiar en caso de muerte, evitando posibles conflictos legales; no obstante, advierte que debe hacerse en pleno uso de capacidad, conciencia y libertad.


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