Ordenan suspender acuerdos con S-22
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Ordenan suspender acuerdos con S-22

Un juez federal ordenó acatar la sentencia del amparo concedido a Aprender Primero a más tardar el 20 de junio


Ordenan suspender acuerdos con S-22 | El Imparcial de Oaxaca

Ante el cumplimiento insuficiente por parte de la Secretaría de Gobernación (SEGOB) y del Gobierno de Oaxaca, un juez federal ordenó acatar la sentencia del amparo concedido a Aprender Primero a más tardar el 20 de junio.

La sentencia de amparo, que es definitiva, ordena dejar sin efecto los acuerdos firmados por ambas instancias con la Sección 22 de la Coordinadora Nacional de Trabajadores de la Educación en 1992, 2013, 2014 y 2015, por ser ilegales, recuerda Mexicanos Primero en un comunicado.

Afirma que un juez federal reprobó el “cumplimiento” de la Secretaría de Gobernación (Segob) y del Gobierno del Estado de Oaxaca respecto de la sentencia en la que se ordena a ambas autoridades dejar sin efecto los acuerdos alcanzados por éstas con la Sección 22 del SNTE, por atentar contra el derecho a aprender de niñas, niños y jóvenes.

En febrero pasado, Mexicanos Primero dio a conocer la sentencia definitiva dictada por el Poder Judicial de la Federación (PJF) respecto de un amparo interpuesto en 2015 por Aprender Primero, brazo jurídico de la organización, en la cual se resolvió declarar ilegales los acuerdos pactados entre la Segob, el gobierno de Oaxaca y la Sección 22.

Entre los acuerdos al margen de la ley entre gobierno y CNTE destaca, el otorgamiento de un banco de plazas para que la Sección 22 dispusiera a completa discreción de las mismas.

Así como el derecho  de los agremiados a la Sección 22 a recibir incentivos y promociones por razones distintas a las que marcaba la ley que regía en ese momento.

Sumado al privilegio de los agremiados a la Sección 22 de no ser cambiados o removidos de sus funciones, incluso en los casos expresamente contemplados por la ley vigente en ese momento.

Apenas el 5 de junio, el juez resolvió que la información proporcionada por las autoridades responsables en el proceso de ejecución de la sentencia no es suficiente para demostrar que cumplieron cabalmente con el fallo.


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