Esta ley, que representa un importante avance en la protección de los derechos de las mujeres y la lucha contra la violencia de género, introduce reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y al Código Penal para el Distrito Federal.
El objetivo principal de la “Ley Malena” es tipificar como delito la violencia por ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas, que causen daños a la integridad de mujeres, adolescentes, niñas y niños, personas transgénero, transexuales y con discapacidad. Esta legislación surge como respuesta a casos de extrema violencia, como el sufrido por la saxofonista y sobreviviente de intento de feminicidio con ácido, María Elena Ríos Ortiz, quien estuvo presente en la presentación de la ley y es la impulsora de la misma.
Las reformas establecen que los daños causados por este tipo de violencia serán considerados como un delito autónomo, con penas de 8 a 12 años de prisión, así como multas de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente. Además, se establece una pena de 11 a 46 años de cárcel cuando las lesiones sean consideradas en grado de tentativa de feminicidio.
La “Ley Malena” también contempla aumentos en las penas cuando los ataques causen daños graves, como deformidades faciales, pérdida de funciones sensoriales o afectación permanente de órganos. Asimismo, se endurecen las sanciones cuando las víctimas sean menores de edad, personas con discapacidad o cuando los ataques sean motivados por razones de género.
Esta iniciativa fue aprobada por unanimidad en el Congreso de la Ciudad de México el pasado 8 de febrero, con un total de 42 votos a favor por parte de los legisladores capitalinos. Previamente, en marzo del año anterior, la Cámara de Diputados había aprobado una reforma al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Víctimas para sancionar a quienes cometan agresiones con ácido o sustancias corrosivas.