Debido a su presunta participación en diversos ilícitos y tras haber sido detenidos por la autoridad judicial, la 66 Legislatura de Oaxaca tendrá que declarar la suspensión o revocación de mandato del síndico segundo del ayuntamiento de Oaxaca de Juárez y de la regidora de Educación de San Antonio de la Cal.
Ambos enfrentan procesos penales, lo cual es motivo para la suspensión de mandato, en tanto se determinan su inocencia o culpable. El síndico Ricardo R. P., alias “El Duck”, fue detenido el pasado 26 de agosto por su presunta participación en una red dedicada al robo, alteración y venta de vehículos robados que operaba en la Zona Metropolitana de Oaxaca.
Por su parte, la regidora de Educación de San Antonio de la Cal, Erika S. M., enfrenta fue aprehendida en un operativo conjunto entre fuerzas federales y estatales por presunta extorsión, al ser parte de la Alianza de Sindicatos y Asociaciones del Estado de Oaxaca (ASAEO). El 27 de agosto, fecha de su detención, también fueron aprehendidos otros 8 integrantes de la alianza.
De acuerdo con la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, entre las ocho causas graves por las que se puede suspender el mandato de algún integrante del ayuntamiento es “el haberse dictado en su contra orden de aprehensión, auto de sujeción a proceso o de formal prisión, como probable responsable en la comisión de un delito”.
CAUSA DE REVOCACIÓN
En tanto, la revocación del mandato de algún integrante de un ayuntamiento se da cuando se da una causa grave como “el haberse dictado en su contra sentencia condenatoria, como plenamente responsable en la comisión de un delito intencional, o que se encuentre privado de su libertad”.
La misma ley señala que es facultad exclusiva del congreso local suspender o revocar tal mandato, como lo es declarar la suspensión o desaparición de un ayuntamiento.
“La solicitud para estos casos deberá presentarse ante la Secretaría de Servicios Parlamentarios del Congreso del Estado. Podrá ser formulada por el Titular del Ejecutivo del Estado, por los legisladores locales, por los integrantes del ayuntamiento respectivo o por los ciudadanos vecinos del municipio”, detalla la legislación.











































