Deja municipio en “obra negra” segundo piso en mausoleo
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

La Capital

Deja municipio en “obra negra” segundo piso en mausoleo

Revisará la ampliación del mausoleo para que “se ajuste a la normatividad”


Foto: Adrián Gaytán / Las construcciones el mausoleo deben cumplir determinadas especificaciones.
Foto: Adrián Gaytán / Las construcciones el mausoleo deben cumplir determinadas especificaciones.

Luego de la denuncia pública por una construcción en el panteón General y tras señalar que se indagaba el asunto, el ayuntamiento de Oaxaca de Juárez informó este jueves de la suspensión de los trabajos, pues estos deben de sujetarse a la normatividad.

Fue el pasado miércoles cuando a través de grupos de WhatsApp y la red social Facebook se difundieron imágenes de la edificación en las fosas 48 y 49, de la línea 24, cuadro 2.

En un primer momento, el edil, Francisco Martínez Neri, dijo que se investigaría sobre quién o quiénes fueron los responsables de la construcción y cuál fue su proceso ante la Secretaría de Obras Públicas.

Aunque este jueves el municipio descartó que se trate de una obra de uso habitacional, “como se ha especulado en redes sociales”, agregó que se suspendió.

 

Foto: redes sociales / El segundo piso en el Panteón General.

 

De acuerdo con el reglamento municipal de panteones de la capital, se considera como “monumento funerario o mausoleo, la construcción arquitectónica o escultórica, que se edifica sobre una tumba”.

El mismo documento explica que “la superficie de que pueden disponer los interesados para la construcción de monumentos en los sepulcros es hasta de  2.40 metros de longitud por 1.30 metros de altura, indistintamente, tanto para adulto como para niño”.

Y que las “lápidas o mausoleos que se coloquen en los cementerios quedarán sujetos a las especificaciones técnicas correspondientes”, de acuerdo a disposiciones como el que se “realizará la siembra de pasto, cubriendo el área de la fosa, delimitándola perimetralmente, con piedra o ladrillo, colocándose una lápida preferentemente sobre el lado de la cabecera, con los datos requeridos para la identificación de la fosa”.

Asimismo, que para la construcción de monumentos, capillas y demás se deberá contar con la autorización de la Administración General de Panteones, en este caso, de la dirección de Panteones.


aa

 

Relacionadas: