En Salina Cruz, sale libre médico del IMSS acusado por abuso sexual
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En Salina Cruz, sale libre médico del IMSS acusado por abuso sexual

Exigen reposición de audiencia y que se dicte sentencia con perspectiva de género


En Salina Cruz, sale libre médico del IMSS acusado por abuso sexual | El Imparcial de Oaxaca

Al grito de “no mereces ser doctor porque eras violador” un grupo de mujeres de la Red Interinstitucional para la Prevención y Atención a Casos de Violencia Familiar y Sexual, en la región del Istmo de Tehuantepec, se manifestaron en el Juzgado de Garantías, luego que tres jueces dejaran en libertad al médico Reynaldo Uriel Pérez Reyes, director General del IMSS de la ciudad de Matías Romero Avendaño, acusado presuntamente de abuso sexual de una joven mujer.

Y es que la protesta se debió a que los jueces de Salina Cruz, José Antonio Carreño, Juan Gómez Ríos, Guillermo Martín Martínez Maldonado, del juzgado del Juicio Oral de Salina Cruz, dejaran libre al imputado Reynaldo Uriel Pérez Reyes el 6 de marzo, pues según argumenta que no hay elementos suficientes e incluso la mujer actuó bajo su consentimiento.

Si bien, los familiares y amigos de la víctima admitieron que este lamentable hecho ocurrió el 3 de noviembre del 2018 en donde la víctima fue agredida sexualmente por Reynaldo Uriel Pérez Reyes, en el interior de su domicilio, donde aprovechó que la víctima se encontraba bajos los efectos de un fármaco benzodeacepina por lo que se encontraba sedada para cometer este acto.

Por su parte, Cecilia Anahí López Jiménez, asesora jurídica del Centro de Justicia para Mujeres denunció que aun contando con las pruebas necesarias para dictarle sentencia condenatoria, los jueces resolvieron que la relación sexual fue consentida, porque la víctima no se defendió de tal ataque, no tomaron en cuenta con las declaraciones de los testigos y peritos que participaron en la investigación, señaló.

Denunció que todo ello no fue suficiente para estos tres jueces, a pesar de estar obligados a actuar con perspectiva de género por disposición propia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, siendo que no está integrada ninguna mujer en el tribunal de enjuiciamiento de esta región del Istmo, cuando las ternas deben ser paritarias como lo mandata la Constitución Política Mexicana.

Ante estos hechos, exigen la reposición de la audiencia y que se dicte sentencia con perspectiva de género, derechos humanos y no discriminación, y el pleno acceso a la justicia y seguridad de la víctima.


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