¿Te puedes pensionar si naciste después del 2000?
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¿Te puedes pensionar si naciste después del 2000?

Una de las principales preocupaciones entre jóvenes es si contarán con una pensión al alcanzar la vejez. 


¿Te puedes pensionar si naciste después del 2000? | El Imparcial de Oaxaca

Para los jóvenes que han comenzado su vida laboral y pertenecen a la generación nacida después del año 2000, una de las principales preocupaciones es si contarán con una pensión al alcanzar la vejez.

Actualmente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) administra dos regímenes de pensiones: el Régimen de 1973, para aquellos que comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997, y el Régimen de 1997, para aquellos que iniciaron sus cotizaciones a partir de esa fecha. Es en este último régimen donde se encuentran comprendidas las personas nacidas después del año 2000.

Es crucial entender las diferencias entre ambos regímenes. En el caso del Régimen de 1997, el monto de la pensión dependerá exclusivamente del saldo acumulado en la cuenta AFORE, lo que resalta la importancia de realizar aportaciones voluntarias para aumentar el monto mensual de la pensión.

En 2024, el número de semanas cotizadas requeridas para solicitar una pensión es de 825, aumentando gradualmente cada año hasta llegar a 1000 en 2031.

Las modalidades de pensiones ofrecidas por el Régimen de 1997 incluyen:

  1. Renta Vitalicia: Se contrata con una aseguradora indicada por el IMSS. El monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en la cuenta AFORE, actualizado anualmente según la inflación. Esta modalidad garantiza una pensión vitalicia y requiere la compra de un seguro de sobrevivencia para beneficiarios en caso de fallecimiento del titular.
  2. Retiro Programado: Se contrata con la AFORE correspondiente. La pensión se basa en el saldo acumulado en la cuenta AFORE, los rendimientos obtenidos y la esperanza de vida calculada. Esta modalidad proporciona una pensión hasta que se agoten los recursos de la cuenta AFORE.

Para aquellos que no puedan optar por ninguna de las modalidades anteriores, existe la opción de una Pensión Mínima Garantizada otorgada por el Estado a personas que cumplan con los requisitos de edad y cotización mínima.

Para obtener información detallada sobre cada modalidad de pensión y sus requisitos, se recomienda visitar el portal de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR).