Los recursos de impugnación presentados por la aspirante a la candidatura a la gubernatura de Oaxaca por Morena, Susana Harp Iturribarría en contra de Salomón Jara Cruz, ante el Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), no prosperaron favorablemente.
La tarde de ayer, por mayoría de votos, los magistrados del órgano jurisdiccional local confirmó la determinación de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) quien sobreseyó la queja en contra de la designación de Salomón Jara Cruz como coordinador de Comités de la Defensa de la Cuarta Transformación en Oaxaca.
En la sesión no presencial, los magistrados votaron a favor de declarar improcedente un segundo recurso de impugnación y lo desecha de plano, al no haber materia para seguir analizándolo.
La designación de Salomón Jara Cruz como coordinador de Comités de la Defensa de la Cuarta Transformación en el estado de Oaxaca, no solo transgrede los principios de paridad sino también dicho nombramiento era equiparable a una candidatura, argumentó la quejosa.
Sin embargo, el TEEO afirmó que la actora no argumentó expresamente que el nombramiento del responsable de Comités de Defensa de la 4T en el estado era propiamente la designación de Salomón Jara Cruz como candidato a la gubernatura del estado.
La actora alegó que tal designación era un nombramiento simbólico y un equivalente funcional, que de forma implícita hacia ver la exclusión de su persona dentro del proceso de selección interna, añadió.
“(Susana Harp) no pudo acreditar el presunto nombramiento de Jara Cruz como candidato a la gubernatura del estado y al no ser cierto el acto reclamado, la CNHJ sobresee el juicio y ayer el órgano jurisdiccional de Oaxaca confirma la resolución de Morena”, celebró Geovanny Vásquez representante de Morena ante el IEEPCO.
Dan luz verde a pre candidatura de Jara Cruz
Así también, el Tribunal Electoral de Oaxaca se pronunció por inaplicar el artículo 176 numeral 3 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Oaxaca (LIPEEO), el cual impedía al pre candidato (Salomón Jara Cruz) comenzar actividades con la militancia de su partido político (Morena).
¿Qué dice la ley?
Cuando en el proceso interno de un partido exista un solo precandidato registrado a un cargo de elección popular, no podrá realizar actos de precampaña, en ninguna modalidad y bajo ningún concepto.
El partido de que se trate conservará y ejercerá sus derechos de acceso a radio y televisión, difundiendo mensajes institucionales en los que no podrá hacer mención, en forma alguna al precandidato único.
Y establece que la violación a lo anterior será sancionada con la negativa de registro como candidato.






































