El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó la realización de modificaciones a emblema, siglas y denominación, entre otros, del ahora Partido de la Transformación Oaxaqueña (PETEO).
El TEEO llevó a cabo una sesión pública de resolución en la que analizó un total de quince medios de impugnación.
En los asuntos identificados como JDC/61/2026, RA/02/2026 y RA/03/2026, el Tribunal analizó las controversias relacionadas al acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca que declaró procedentes las modificaciones a los documentos básicos, reglamentación interna, denominación, siglas y emblema del ahora Partido de la Transformación Oaxaqueña.
Al respecto, concluyó que la denominación “Partido de la Transformación Oaxaqueña”, las siglas “PETEO” y el emblema aprobado, apreciados en su conjunto, cuentan con elementos distintivos suficientes que permiten diferenciarlos de los utilizados por el Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano, y no generan confusión. Únicamente modificó parcialmente el acuerdo del IEEPCO, para adecuar la descripción estatutaria del emblema, a fin de que ésta refleje de manera completa los elementos gráficos que lo conforman.
El PETEO, anteriormente fue conocido como “Fuerza por Oaxaca”, el 14 de mayo de 2026 el IEEPCO aprobó su cambio de denominación y emblema, adoptando una identidad gráfica con un águila juarista y reafirmando su vocación hacia el bienestar social y el respeto a las comunidades indígenas y afromexicanas. Pero Movimiento Ciudadano interpuso un recurso ante el Tribunal Electoral que prosperó y obliga a modificar el emblema del nuevo partido.
OTROS RECURSOS
En la sesión, además, se analizaron dos asuntos relativos a violencia política contra las mujeres en razón de género, relacionados a los municipios de Santa María Xadani y Asunción Ocotlán. En ambos casos se declaró inexistente la violencia reclamada y en el caso de Santa María Xadani, se acreditó la obstrucción al ejercicio del cargo, por lo que se ordenó la restitución de la promovente integrante del Ayuntamiento en su cargo.
REVOCAN NOMBRAMIENTO EN COIXTLAHUACA
El Tribunal revocó el nombramiento del Comisionado Municipal Provisional de San Juan Bautista Coixtlahuaca, derivado de que la función provisional excedió el plazo constitucional de sesenta días y la autoridad responsable no acreditó que la persona designada pertenezca a la comunidad. En ese sentido, se ordenó a la Secretaría de Gobierno del Estado de Oaxaca nombrar a una nueva persona comisionada, originaria y habitante de Ayuntamiento, ajena a los grupos en conflicto y solo por el plazo constitucional permitido.
En esta sesión, el Pleno del TEEO resolvió cinco Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano (JDC), cuatro Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de Sistemas Normativos Internos (JDCI), tres Recursos de Apelación (RA), un Procedimiento Especial Sancionador (PES), un Juicio Electoral de los Sistemas Normativos Internos (JNI) y un Juicio para la Protección de los Derechos de Participación Ciudadana (JDPC).







































