El Tribunal Pleno resolvió un asunto que tuvo origen en un conflicto interno en la comunidad indígena de San Juan Atepec, Ixtlán de Juárez, Oaxaca, derivado de la conducta de uno de sus integrantes, a quien la asamblea general comunitaria atribuyó el incumplimiento reiterado de cargos y servicios, así como la generación de conflictos y gastos para la comunidad. En 2017, dicha asamblea acordó reintegrar al patrimonio comunitario un predio que la persona poseía y demoler la vivienda construida en ese lugar, con el propósito de destinar el espacio a una escuela musical.
Posteriormente, una sala especializada en justicia indígena del estado de Oaxaca reconoció la validez del sistema normativo interno de la comunidad y convalidó la determinación de la asamblea. No obstante, también ordenó una medida compensatoria para resarcir la afectación patrimonial causada al afectado.
En una resolución previa, la entonces Primera Sala de la Suprema Corte resolvió que la medida comunitaria era compatible con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al estar vinculada con la protección de la identidad, supervivencia y libre determinación de la comunidad indígena.
Sin embargo, estableció que dichas determinaciones debían ser compatibles con los derechos humanos, por lo que era necesario prever una compensación suficiente a la persona para garantizar el estándar mínimo del derecho a una vivienda digna y decorosa.
En este caso, el Alto Tribunal determinó que no existió exceso ni defecto en el cumplimiento de la ejecutoria anterior, pues el tribunal colegiado retomó el criterio constitucional previamente fijado y mantuvo la validez de la sanción comunitaria, concediendo el amparo solamente para que la autoridad responsable analizara nuevamente la medida compensatoria y verificara que fuera suficiente para permitir la construcción de una vivienda con condiciones básicas de dignidad, tales como protección frente a la intemperie, instalaciones sanitarias, espacio para descanso y preparación de alimentos, ventilación, iluminación, agua potable, electricidad y drenaje.






































