El congreso de Oaxaca incorporó las formas de trabajo prohibidas para personas menores de 15 años, así como adolescentes de entre 15 y 18 años, tales como la esclavitud y sus prácticas análogas, la venta y trata, así como su utilización o reclutamiento para realizar actividades ilícitas.
Los diputados incluyeron labores que expongan a este sector de la población a abusos de orden físico, psicológico o sexual, así como aquellas que se desarrollen en condiciones peligrosas, como trabajos bajo tierra, en el agua o en alturas, o mediante el uso de maquinaria y herramientas de alto riesgo.
De igual forma, se prohíben actividades en entornos insalubres o con presencia de agentes nocivos, además de jornadas prolongadas o en horarios nocturnos que afecten su desarrollo integral.
La reforma también contempla la prohibición de cualquier ocupación que atente contra la integridad psicológica o el libre desarrollo de la personalidad de niñas, niños y adolescentes, así como todas aquellas que contravengan lo dispuesto en la Constitución Política de México, la Ley Federal del Trabajo y demás disposiciones aplicables en la materia.
De acuerdo con la Encuesta Nacional de Trabajo Infantil (ENTI) 2022 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), en México 3.7 millones de niñas, niños y adolescentes de entre 5 y 17 años se encuentran en esta situación, de los cuales 2.1 millones realizan ocupaciones no permitidas.
Añadieron que, en el caso de Oaxaca, el 18.5 por ciento de la población infante desempeña un trabajo que no es propio para su desarrollo.








































