¿Elección judicial paritaria? La numeralia existe, pero no la conciencia. El nuevo proceso electoral del Poder Judicial de la Federación marca un punto de inflexión en la historia de la justicia en México. La exigencia de paridad en la designación de personas juzgadoras; no solo representa un compromiso constitucional, sino una necesidad para fortalecer la democracia y garantizar un sistema judicial que refleje la diversidad de nuestra sociedad. Sin embargo, aunque los números están en camino de ajustarse, la paridad real aún es una meta distante.
Si ponemos en perspectiva que la Reforma Constitucional de 2019 estableció la paridad total en los poderes del Estado, pero su impacto en los órganos jurisdiccionales ha sido limitado, encontramos datos como que a pesar de las reformas de 2021 a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley de Carrera Judicial donde se intentó garantizar la paridad de género; menos del 40% de los juzgados de distrito y tribunales colegiados federales están integrados por juezas y magistradas. Es decir, los marcos normativos han avanzado, pero la transformación estructural del sistema judicial sigue pendiente.
Otros datos que refuerzan esta realidad son los del Consejo de la Judicatura Federal; entre 1995 y 2018, la presencia de mujeres en el Poder Judicial no superaba el 20% en el ámbito federal. En 1995, el 85% de las magistraturas de circuito y el 78% de los juzgados de distrito estaban en manos masculinas. Aunque ha habido avances, los espacios de poder dentro de la judicatura siguen dominados por hombres, en gran parte debido a redes de influencia que limitan el acceso de mujeres calificadas a estos puestos.
He visto la aseveración constante que México hace historia en la elección judicial por fin, después de varios intentos, ¡se ha logrado la paridad!, sin embargo, la realidad es que las legislaciones locales aún no la garantizan en el establecimiento de las leyes secundarias del Nuevo Poder Judicial. El problema radica en un sistema que favorece la continuidad de una estructura de poder masculinizada y excluyente. Si bien la reforma constitucional del año pasado busca romper con estas inercias, acelerando la incorporación de mujeres en la judicatura y fortaleciendo el ejercicio de la carrera judicial con perspectiva de género, la meta aún no se alcanza.
Por ejemplo, una de las áreas más sensibles dentro del sistema judicial es la penal. En este contexto, la presencia de mujeres juezas y magistradas puede marcar una diferencia significativa, ya que una justicia con perspectiva de género es fundamental para atender los casos de violencia y discriminación que afectan a miles de mujeres en el país, pero es justo en el área penal donde menos mujeres existen.
Además, las mujeres que lograron romper los techos de cristal tras años de especializarse, y de competir frente a varones en condiciones desiguales, tendrán que irse entre 2025 y 2027, o bien, someterse a las urnas para ver si se mantienen en el cargo.
Porque los esfuerzos de garantizar la paridad numérica no significa alcanzar la igualdad sustantiva, tampoco se trata solo de que haya más mujeres en cargos judiciales, sino de que la estructura del sistema permita su participación en igualdad de condiciones, sin barreras implícitas que dificulten su ascenso.
Pero como casi todo es otra cosa, mientras la elección llega, la paridad no debe verse como una meta cumplida, sino como un camino en construcción. La presencia de más mujeres en el Poder Judicial no solo cambia la estructura de poder, sino que también transforma las percepciones sociales y enriquece el debate jurídico con una visión más incluyente.