La disciplina escolar
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Quicio

La disciplina escolar

 


 

 

La garantía de acceso a la educación que tienen niños, niñas y adolescentes es lo primero que se alega cuando una institución educativa en Oaxaca determina la suspensión definitiva de un alumno o alumna por violación al reglamento de disciplina escolar.  

Hay de actos a actos. El acto que propicie tal consecuencia, al ser calificado como grave, tiene el efecto de romper la armonía y generar un ambiente inseguro dentro de la comunidad estudiantil.    

Por ejemplo, la violencia que se ejerce en contra de un alumno o en contra del personal de la institución representa un peligro o amenaza inmediata para todo el plantel. 

La violencia de género entre alumnos y alumnas que conviven en espacios escolares, ha sido visibilizada últimamente con los casos que han escalado a las instancias judiciales y de procuración de justicia en Oaxaca.  

Existe un caso reciente donde un juez de amparo observó que, si bien el principio del interés superior de la niñez le es aplicable tanto al adolescente agresor como la adolescente agredida, la condición de víctima de la alumna genera a su favor una serie de obligaciones reforzadas de salvaguarda y medidas de protección a cargo de las autoridades y de la propia institución educativa. 

Argumentó que la Corte mexicana ha resuelto casos de actos de violencia y de acoso escolar donde ha establecido obligaciones a las instituciones educativas para proteger la dignidad o integridad de niñas, niños y adolescentes, “al garantizar el ejercicio efectivo de su derecho a la educación en un ambiente libre de violencia o acoso escolar”.

Por lo tanto, la permanencia de agresor y agredida en el mismo plantel no propicia un ambiente armónico cuando el adolescente agresor incumple constantemente el reglamento disciplinario y las propias medidas de restricción fijadas por el juez en el juicio de amparo promovido.  

El abuso del juicio de amparo en estos casos se genera a partir de un argumento engañador que busca sostener un acto reclamado arbitrario y discriminatorio calificado como violatorio del derecho de acceso a la educación, desentendiéndose de la asignación de responsabilidades y de la restauración de los derechos humanos violados a la víctima. 

Con ello se afecta al interés social y se contravienen disposiciones de orden público, porque se cultiva la continuación de la agresión psicológica y violencia de género.

También ocasiona un daño o afectación mayor a la sociedad, porque se traduce en un incentivo de incumplimiento de la comunidad estudiantil para la sana convivencia que marca la normatividad educativa general y la normatividad interna de los centros escolares. 

Más grave aún, porque en un país, donde el alto índice de feminicidios es alarmante, se manda el mensaje pernicioso de que el juicio de amparo en México es utilizado para impedir que hechos graves de violencia de género cometidos en contra de mujeres adolescentes no se castiguen y queden impunes.   

 

SERVICIOS JURÍDICOS

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*Presidente del Foro Permanente de Abogados A.C.