Voto femenino y mujeres indígenas
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Opinión

Voto femenino y mujeres indígenas

 


 

Ver a las mujeres en las urnas sufragando o decidiendo en la Asamblea comunitaria al levantar su mano, es una imagen que a las nuevas generaciones les debe parecer de lo más normal. Sin embargo, hasta hace muy poco las cosas no eran así.

Mañana 17 de octubre se cumplen apenas 69 años de que fuera publicado en el Diario Oficial el decreto que reformaba el artículo 34 de la Constitución para decir: “Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres …”

A propósito, qué importante resulta el solo hecho de nombrar a las mujeres, de normalizar que la mitad de la humanidad no estamos incluidas en los genéricos masculinos cuando se hace un uso sexista del lenguaje. Por no ser nombradas expresamente, por casi 70 años se nos negó el derecho a sufragar, derivando en el no ejercicio de otros derechos.

Volviendo al camino histórico, ya desde 1884, el movimiento de mujeres en México había emprendido una lucha por dejar de ser excluidas de las urnas. Aun cuando la Constitución Política de 1917 no negaba la ciudadanía a las mujeres, ni la oportunidad de votar, no les otorgaba expresamente esos derechos.

Con motivo de otro aniversario más del voto femenino se escribirán muchas cosas festivas y reivindicativas. Sin embargo, poco se ha reparado en que una buena parte de municipios en el país se rigen por Sistemas Normativos Indígenas donde el tema de la participación política de las mujeres indígenas se arma, se enuncia, se describe desde la mirada externa machista y occidental, no interseccional.  

Recién he escuchado y leído a destacadas y notables referentes contemporáneas que tienen trabajo comunitario hecho, en torno al derecho de participación política de las mujeres, que apelan a la diversidad existente en el ejercicio de este derecho por parte de ellas, es decir, tan diferentes son las mujeres de una misma comunidad, como diversas las comunidades donde las mujeres ya participan sin necesidad de reformas.

De ahí la importancia de aprender, conocer más de esa dinámica comunitaria donde por ejemplo no existen escalafones de cargos, aunque también están los ayuntamientos donde sí hay tales escalafones, donde la integración de los cabildos es de cinco personas y hay hasta 24 cargos de concejalías, por decir algo.

Por ello, a partir de lo que sucede en el campo legislativo, mi llamado es a reflexionar en la necesidad de conocer el “sentipensar” de las mujeres que, en el caso de Oaxaca, en 417 municipios regidos por Sistemas Normativos Indígenas están renovando este año autoridades, sin dejar de lado que ellas no pueden ejercer libremente sus derechos político-electorales, si no tienen garantizados sus demás derechos como son la salud, la educación, la tenencia de la tierra, la decisión sobre sus cuerpos, entre otros.

Es la corresponsabilidad en el trabajo de cuidados la que en buena medida dará paso a la necesaria y efectiva paridad democrática. Porque las mujeres siguen con sus cargas de trabajo en la casa, en la crianza, en el cuidado de niñez y personas adultas mayores y enfermas, en el campo, cuya tierra no está a su nombre, cuidando a los animales, haciendo huertas de traspatio e infinidad de cosas más, sin enterarse de reformas ni de cómo fueron electas.

En los derechos político-electorales de las mujeres indígenas debe pasarse ya de la formalidad legal a los hechos.