Las legislaciones civiles de todas las entidades federativas prohíben el matrimonio antes de los 18 años; sin embargo, el fin de semana pasado se hizo “viral” el video y las imágenes de una boda entre adolescentes celebrada en la comunidad indígena de San Juanito Yosocani, perteneciente al municipio de San Lorenzo.
Al menos cuatro días después y luego la difusión del caso en todo el país y señalamientos en redes sociales, el gobierno del estado, a través del DIF estatal, se percató del hecho y indicó que “va a investigar”. Además, en video es posible observar el consumo de alcohol por parte de menores incitados por adultos.
San Juanito Yosocani, una comunidad de la Costa oaxaqueña, Jaqueline y Julio César, ambos adolescentes, contrajeron matrimonio en una ceremonia realizada bajo el sistema de usos y costumbres, acompañados por familiares y amigos.
De acuerdo a la tradición, se llevó a cabo un tradicional baile, donde niñas, niños y adolescentes participaron activamente. En la tradición hay “premios y castigos” por participar en este baile, varios menores recibieron cervezas, las cuales consumieron sin ninguna restricción bajo la mirada de adultos que, incluso, eran quienes incitaban al consumo de la bebida.
En un boletín de prensa, el gobierno estatal indicó que en caso de que se confirme la existencia de una unión temprana o cualquier otra situación que vulnere los derechos de la y el adolescente, la Prodennao emitirá las medidas de protección correspondientes para garantizar su bienestar, seguridad y desarrollo pleno.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGDNNA) establece en su artículo 45 que todas las personas menores de 18 años tienen derecho a ser protegidas contra las uniones tempranas y forzadas.
Organizaciones civiles se volcaron en contra de “la tradición” y censuraron la inacción de las autoridades estatal, amén de advertir sobre los riesgos del consumo de alcohol en la infancia y adolescencia, así como las implicaciones legales y sociales de los matrimonios tempranos, que en muchos casos vulneran los derechos de las y los menores.
Al respecto, el Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) “informa que de acuerdo a sus atribuciones legales inició de oficio el expediente: 0628/PRODENNAO/SPE/2025, para identificar la vulneración de derechos hacia menores de edad durante la celebración de una boda, en la localidad de San Juanito Yosocani, ubicada en el municipio de San Lorenzo, en la Costa oaxaqueña.
Esta intervención a cargo de la Procuraduría Estatal de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Oaxaca (Prodennao), se emprendió luego de darse a conocer este caso, mediante la divulgación de fotografías en diversos medios de comunicación y plataformas de redes sociales”.
Activistas y organizaciones de protección a la infancia apelan, simplemente, a la aplicación de la ley pues el Código Civil Federal, reformado el 3 de junio de 2019, establece en su artículo 148 que para contraer matrimonio es necesario haber cumplido 18 años de edad.