El Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Oaxaca del Poder Judicial de la Federación concedió la suspensión provisional del decreto 24 aprobado por el Congreso local, a iniciativa del gobernador Salomón Jara Cruz, por el cual se suprimió las bases a mil 344 trabajadores y que posteriormente derivó en un despido injustificado.
Luego de las movilizaciones de los trabajadores afiliados al Sindicato de Trabajadores de los Poderes del Estado e Instituciones Descentralizadas de Carácter Estatal de Oaxaca (STPEIDCEO), se logró una mesa de negociación de tres días y se confirmó la reinstalación de 667 trabajadores, aunque muchos de los despedidos han señalado en repetidas ocasiones que los principales beneficiados fueron personas ligadas o familiares de líderes sindicales, de políticos y funcionarios estatales.
En tanto, la suspensión provisional fue otorgada a un grupo de trabajadores que promovieron un amparo ante la justicia federal, y en ella, también se establece que el Gobierno del Estado debe garantizar el pago del 30 por ciento del salario bruto a los trabajadores como “derecho al mínimo vital”, establecido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “que potencializan significativamente la protección de la dignidad humana”.
Tras la recuperación de algunas de las plazas, los empleados despedidos mantuvieron su posición de presentar un amparo colectivo ante la Suprema Corte para echar atrás el decreto aprobado por la mayoría morenista y sus aliados el pasado 11 de diciembre de 2024.
El decreto fue aprobado con 37 votos a favor por la 66 Legislatura del Congreso local que avaló que se suprimían con efecto inmediato mil 344 plazas administrativas pertenecientes al Gobierno de Oaxaca, conforme a la solicitud del Ejecutivo del Estado, que fueron otorgadas durante el periodo comprendido de 2016-2022.
Con la resolución de este jueves, dictada por el juez se establece que este derecho al mínimo vital deberá cubrirse por conducto de las autoridades responsables en el respectivo ámbito de sus atribuciones, y corresponder con el salario que percibía por el cargo que ostentaba.
Asimismo, se requiere a las autoridades responsables a efecto de que en el plazo de tres días deberán informar la cantidad que determinaron y que se le otorgará a la parte quejosa para cubrir sus necesidades básicas de alimentación, vestido, vivienda, salud, entre otras.
“La cual deberá ser equivalente al 30% de su ingreso real y nunca inferior al salario tabular más bajo que se cubra en la institución en la que se desempañaba.
“La anterior concesión se emite en esos términos en virtud que se combate el decreto mediante el cual se dejó sin efectos el nombramiento de la parte quejosa por la autoridad responsable sin que ello derive de procedimiento disciplinario alguno, en tanto que su constitucionalidad o inconstitucionalidad será precisamente materia del fondo; sin embargo, sin constituir derecho alguno resulta dable garantizar la subsistencia de la quejosa”, señala.
El gobierno de Oaxaca expresó su desacuerdo con la decisión del juez que suspendió su decreto de despido de burócratas. Jara argumentó que la resolución judicial es un obstáculo para la reestructuración administrativa necesaria.