A pesar de la absolución que dio el juez José Gabriel Ramírez Montaño al empresario gasolinero Juan Antonio Vera Carrizal, por tentativa de feminicidio contra la saxofonista María Elena Ríos, el Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca dejó sin efecto esta determinación para mantenerlo en prisión preventiva.
Además, el juez de la causa quedó inhabilitado.
La orden dejó sin efecto la boleta de libertad que fue establecida a mediodía de este miércoles por el juez Ramírez Montaño, en favor de Vera Carrizal y dos imputados más.
Queda sin efecto lo celebrado en la audiencia de juicio oral, en consecuencia la boleta de libertad, por ende, se ordena que los señores Rubicel Hernández, Juan Antonio Vera Carrizal y Rubén Loaeza continúen con la medida cautelar originalmente impuesta”, expuso la jueza, María Antonia Esteva Domínguez, por medio de un oficio dirigido al director del Centro penitenciario varonil de Tanivet, al reiterar que deberán continuar en internamiento.
A mediodía de este viernes, por “falta de pruebas”, Juan Antonio Vera Carrizal había quedado absuelto de la tentativa de feminicidio contra la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos, luego del fallo que emitió el juez José Gabriel Ramírez Montaño.
A cinco años del intento de feminicidio con ácido sulfúrico contra la originaria de Huajuapan de León, se decretó la libertad de Vera Carrizal, acusado de ser el autor intelectual de la agresión ocurrida el 9 de septiembre de 2019.
En consecuencia quedan en inmediata libertad y desde luego se deja sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva que se les impuso en la presente causa penal”, destacó el juez, al referirse a Vera Carrizal, así como a los otros dos implicados.
Además de dejar absuelto a Vera Carrizal de todos los cargos en su contra, con inmediata liberación, el juez absolvió a Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaiza Chávez por el delito de feminicidio en grado de tentativa.
El rechazo a este fallo generó una impugnación por la Fiscalía General y la decisión de la jueza de mantener en reclusión a los tres acusados, por lo cual también se repondría la audiencia de juicio oral.