Jara vulneró equidad en la contienda, resuelve TEPJF
Oaxaca
La Capital Los Municipios
El Imparcial del Istmo El Imparcial de la Costa El Imparcial de la Cuenca
Nacional Internacional Súper Deportivo Especiales Economía Estilo Arte y Cultura En Escena Salud Ecología Ciencia Tecnología Viral Policiaca Opinión

Oaxaca

Jara vulneró equidad en la contienda, resuelve TEPJF

Se trató de influir en la voluntad de ciudadanía, afirman magistrados


Foto: Adrián Gaytán // La mañanera de Salomón Jara es usada como instrumento de propaganda política.
Foto: Adrián Gaytán // La mañanera de Salomón Jara es usada como instrumento de propaganda política.

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el mandatario oaxaqueño, Salomón Jara, vulneró los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, de cara a los comicios del 2 de junio.

Los magistrados ratificaron la resolución de la Sala Regional Especializada que determinó la vulneración a los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad, así como el uso indebido de recursos públicos por parte del gobernador de Oaxaca, Salomón Jara Cruz.

Esto, con motivo de diversas declaraciones que realizó contra Xóchitl Gálvez, Gabriel Quadri y el Frente Amplio por México (FAM), durante su conferencia matutina celebrada el 21 de agosto de 2023, la cual fue transmitida por CORTV.

Algunas de las manifestaciones denunciadas, entre otras, son; “¿qué vendría para nuestro país si nos representara el día de mañana allá, en Palacio Nacional? Toco madera, no va a llegar ¿Verdad?”; “ya lo dijo Quadri, el diputado federal, que Oaxaca, Guerrero y Chiapas, deberían desaparecer… que brutos son ¿Verdad?”.

El TEPJF recordó que el gobernador y diversos funcionarios públicos de Oaxaca impugnaron la resolución de la Sala Regional al considerar que, en su concepto, incorrectamente se acreditó la existencia de un equivalente funcional (una forma no expresa de llamar a votar).

No obstante, precisó que no se justificó el elemento de trascendencia al electorado y no se tomó en cuenta que las expresiones denunciadas se emitieron dentro de un contexto de debate político y de contraste de ideologías.

La Sala Superior, determinó que el gobernador emitió señalamientos negativos en el marco de un proceso interno partidista, con el propósito de influir en la voluntad de la ciudadanía para optar por una fuerza política.

Lo cual tiene prohibido conforme a lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Federal y 15 de los Lineamientos Generales emitidos en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia SUP-JDC-255/2023 y acumulado, expuso.

De igual forma, el pleno consideró que también se acreditó la existencia de uso indebido de recursos públicos por parte del gobernador y otras personas del servicio público, derivado de la transmisión de la conferencia matutina en los diversos medios de comunicación oficiales del gobierno de Oaxaca.


aa

 

Relacionadas: