“Voluntad Anticipada”: el derecho a una muerte digna
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“Voluntad Anticipada”: el derecho a una muerte digna

En 7 años, 9 personas echan mano de ese derecho; ocho ante notario y una con formato en los SSO


“Voluntad Anticipada”: el derecho a una muerte digna | El Imparcial de Oaxaca
En siete años, nueve personas decidieron hacer uso de la Voluntad anticipada en Oaxaca
Hospitales con formatos: Básicos comunitarios:
San Pablo Huixtepec Villa Sola de Vega
Cuicatlán Teotitlán de Flores Magón
Juchitán de Zaragoza Tlacotepec
Salina Cruz La Paz Teojomulco-Texmelucan
Tehuantepec San Pedro Huamelula
Ciudad Ixtepec Tapanatepec
Tuxtepec Temascal
María Lombardo Loma Bonita
San Pedro Pochutla Valle Nacional
Puerto Escondido Santa Catarina Juquila
Pinotepa Nacional Santos Reyes Nopala
Huajuapan de León Río Grande
Putla de Guerrero Santa María Huatulco
Hospital Civil Asunción Nochixtlán
Chalcatongo de Hidalgo
Santiago Tamazola
Tamazulápan del Espíritu Santo
Ixtlán de Juárez
Nejapa de Madero

 

A siete años de que el Congreso de Oaxaca emitiera la Ley de Voluntad anticipada con reglamento de operación en 2016, nueve personas decidieron hacer uso de este derecho al presentar una enfermedad terminal o amenazante para su vida.

En 2015, el Congreso estatal expuso en esta Ley que “toda persona, en pleno uso de sus facultades mentales, en cualquier momento e independientemente de su estado de salud, puede realizar ante un Notario o ante la Institución de Salud, con dos testigos, su declaración de voluntad anticipada que puede ser revocada en cualquier momento”.

Aplicable en todo el territorio oaxaqueño, el Artículo 6 de la Declaración de la Voluntad anticipada, señala que el personal autorizado deberá asistir a cualquier persona para la integración del documento de este derecho, “brindándole la información veraz, suficiente y adecuada, respetando rigurosamente su voluntad”.

Al respecto, la coordinadora estatal de trabajo social y cuidados paliativos de los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), Paulina Santiago Gómez, explicó que la Voluntad Anticipada es un derecho que tienen las y los oaxaqueños de tener acceso y poder decidir sobre lo que no quieren al final de la vida.

 

 

Ponen en marcha formato de Voluntad Anticipada

 

Luego de la emisión de esta Ley en diciembre de 2021, los SSO pusieron en marcha el programa de Voluntad Anticipada, con la autorización de un formato de solicitud donde la persona emite su decisión textual.

El formato se autorizó por el Departamento de asuntos jurídicos de los SSO y se distribuyó en 14 hospitales generales y 19 básicos comunitarios, donde se nombraron enlaces conformados por personal médico y de trabajo social, con previa capacitación y con conocimiento en la ley y su reglamento.

A partir de 2023, la difusión de la Ley de Voluntad Anticipada se dará a conocer en las diferentes lenguas indígenas, a fin de que todos los sectores de la sociedad la conozcan, con el único objetivo de informar que tienen el derecho a decidir sobre qué no quieren al final de la vida y no de tratar de convencer a nadie de hacer uso de la misma.

Esto va encauzado a decidir si no quieren que se les haga procedimientos que prolonguen sus vidas. La persona que quiera firmar la voluntad anticipada debe cumplir con una serie de requisitos”, explicó Santiago Gómez, luego de asegurar que para ejercer este derecho existen dos modalidades.

Si es en las instituciones de salud (primera modalidad), debe tenerse un resumen clínico por el médico tratante y estar revisado y analizado por el comité de bioética de los hospitales, el cual se encarga de ver la situación del paciente y emitir el dictamen correspondiente.

 

 

Registran primera Voluntad Anticipada en Hospital de Putla

 

La voluntad anticipada en unidades públicas del sector salud es de manera gratuita y apenas el 24 de noviembre de este año se registró la primera en los Servicios de Salud de Oaxaca (SSO), en el Hospital General de Putla de Guerrero.

Se trata de un paciente de 71 años de edad con una enfermedad terminal que decidió solicitar el formato al nosocomio, teniendo como testigos a sus hijos que avalaron esta decisión.

Sin dar más detalles, Santiago Gómez expuso que el paciente egresó del hospital y se encuentra en su comunidad de origen, donde se le da seguimiento vía telefónica por el equipo de cuidados paliativos del nosocomio, como parte de un acompañamiento en esta toma de decisión tan importante, valiente y digna.

Se tiene un trabajo de sensibilización y día a día estamos con nuestras unidades informando sobre esta ley por medio de carteles y otros medios visuales. Se sigue el compromiso de continuar trabajando en la difusión, dar la posibilidad de decidir y evitar que otros tomen decisiones ante una situación de salud y enfermedad”.

La segunda modalidad que a la fecha cuenta con ocho voluntades anticipadas, cuatro hombres y cuatro mujeres, se realizaron ante un notario y de manera privada, pero con conocimiento a las autoridades de salud.

 

“La Voluntad Anticipada es un derecho que tienen las y los oaxaqueños de tener acceso y poder decidir sobre lo que no quieren al final de la vida”: Paulina Santiago Gómez, coordinadora estatal de trabajo social y cuidados paliativos de los SSO

 

 

Pueden retractarse

 

La coordinadora estatal de trabajo social y cuidados paliativos de los SSO resaltó que en cada una de las unidades hospitalarias se cuenta con los formatos correspondientes, donde se informa qué es la Voluntad anticipada y los documentos que deben presentar los interesados como acta de nacimiento y credencial de elector. En caso de que alguien firme el documento y luego quiera retractarse, también puede hacerlo.

En el Artículo 37, la Ley establece que el documento de voluntad anticipada únicamente podrá ser revocado por el signatario del mismo en cualquier momento.

Santiago Gómez destacó que una vez que se firma la Voluntad anticipada en las unidades, el expediente y toda la información se etiqueta como información confidencial. Así también, se notifica a la Dirección de Planeación de los SSO y a la Fiscalía General de Oaxaca en un plazo de 72 horas, al tratarse de un tema legal.

Del total de voluntades anticipadas, la funcionaria destacó que la edad de las y los pacientes van de los 30 a 71 años, de los cuales, la mayoría de los testigos son familiares.

 

 

Hospitales generales y básicos comunitarios con formatos

 

En Oaxaca, los hospitales generales que se suman a este programa son el San Pablo Huixtepec, Cuicatlán, Juchitán de Zaragoza, Salina Cruz, Santo Domingo Tehuantepec, Ciudad Ixtepec, Tuxtepec, María Lombardo, San Pedro Pochutla, Puerto Escondido, Pinotepa Nacional, Huajuapan de León, Putla de Guerrero y el “Dr. Aurelio Valdivieso”.

Mientras, los básicos comunitarios son los de Villa Sola de Vega, Teotitlán de Flores Magón, Tlacotepec, La Paz Teojomulco Texmelucan, San Pedro Huamelula, San Pedro Tapanatepec, Temascal, Loma Bonita, San Juan Bautista Valle Nacional, Santa Catarina Juquila, Santos Reyes Nopala, Río Grande, Santa María Huatulco, Asunción Nochixtlán, Chalcatongo de Hidalgo, Santiago Tamazola, Tamazulápan del Espíritu Santo, Ixtlán de Juárez y Nejapa de Madero.

 

 

Estados con Ley de voluntad anticipada

 

El Gobierno federal señala que las entidades que cuentan con la Ley de Voluntad Anticipada o el derecho a una muerte digna, son la Ciudad de México, Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán y Tlaxcala. En el resto del país no es legal.

Resalta que la voluntad anticipada no prolonga ni acorta la vida, respeta el momento natural de la muerte y favorece la atención y los cuidados paliativos al final de la vida, es decir, ofrecer acompañamiento al paciente sin intervención médica durante esta última etapa.

Para poder ejercer la voluntad anticipada existen dos modalidades, a) el documento, el cual se tramita ante notario público, y b) el formato que se otorga en instituciones de salud públicas, privadas y sociales”.

La Secretaría de Salud federal precisa que la Voluntad anticipada promueve los cuidados paliativos y busca el mayor confort del paciente respetando que la muerte llegue de manera natural según el curso de la enfermedad. Ante ello, no debe confundirse con la eutanasia, la cual busca terminar con la vida del paciente y no está regulada legalmente en México.

 


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