Justicia para adolescentes salvaguarda derechos humanos de menores de edad
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Justicia para adolescentes salvaguarda derechos humanos de menores de edad

En los tiempos que vivimos, relevante promover la unión familiar: magistrado Alejandro Enrique Figueroa


Justicia para adolescentes salvaguarda derechos humanos de menores de edad | El Imparcial de Oaxaca
El magistrado Alejandro Enrique Figueroa consideró relevante promover la unión familiar para prevenir conductas delictivas en este sector de la población

Al no recibir la atención y orientación debida, las y los adolescentes pueden involucrarse en situaciones que implican conductas de riesgo, comportamientos violentos o fuera de la ley; por ello, el presidente de la Primera Sala Penal y Especializada en Adolescentes Colegiada, del Tribunal Superior de Justicia del Estado, magistrado Alejandro Enrique Figueroa, consideró relevante, en los tiempos que vivimos, promover la unión familiar.

En entrevista, sugirió a madres y padres de familia fortalecer los valores familiares y éticos para que sus hijas e hijos tengan un buen desenvolvimiento tanto en el hogar como en la sociedad, así como vigilar sus interacciones personales y los contenidos a los que tienen acceso en internet.

Mencionó que en Oaxaca, el procedimiento penal que se aplica a los menores de edad se encuentra establecido en el Ley Nacional del Sistema Integral para Adolescentes, supliendo cuestiones no previstas en dicha ley con lo dispuesto tanto en el Código Nacional de Procedimientos Penales, como en la Ley de Mecanismos Alternativos, la Ley Nacional de Ejecución Penal y la Ley General de Víctimas, siempre que sus normas no se opongan a los principios rectores del Sistema de Adolescentes y sean en beneficio de éste último.

Debido a su minoría de edad y desarrollo cognitivo, deben tener un trato especializado con perspectiva de infancia y tratándose de menores o adolescentes infractores el Estado debe contar con un grupo interdisciplinario de expertos en diferentes materias que los ayuden en su integración a la sociedad”, puntualizó.

Luego de señalar que los delitos más frecuentes en este sector de la población son el homicidio, secuestro, violación, delitos patrimoniales diversos y de violencia familiar, explicó que de acuerdo con el artículo 2º. del Código Penal del Estado de Oaxaca, la edad mínima de responsabilidad es de 18 años, por lo cual los menores de 12 años no son sujetos del proceso; sin embargo, pueden ser afectados o implicados sin responsabilidad.

En cuanto a las sanciones, manifestó que se cuentan con las no privativas de la libertad como amonestaciones o servicios a la comunidad y las privativas de la libertad que se aplican de manera excepcional; en ambos casos, con un carácter socioeducativo, que promueva la formación de la persona adolescente, el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como el fomento de vínculos socialmente positivos y el pleno desarrollo de su personalidad y sus capacidades.


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