PJEO separa del cargo a tres Secretarios de Acuerdos de Juzgados
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PJEO separa del cargo a tres Secretarios de Acuerdos de Juzgados

El titular del Poder Judicial de Oaxaca aseguró que cualquier conducta indebida que lucre con la justicia será sancionada


PJEO separa del cargo a tres Secretarios de Acuerdos de Juzgados | El Imparcial de Oaxaca
Cero tolerancia a la corrupción en el Poder Judicial

El Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado destituyó del cargo a tres secretarios de acuerdos adscritos a diferentes juzgados en el estado, por estar vinculados con actos de omisión, extravío de documentos, dilación en los acuerdos de ciertos expedientes, beneficios económicos indebidos, impuntualidad, faltas injustificadas, malos tratos y discriminación a las personas usuarias e incluso hacia sus compañeros de trabajo.

El presidente del Tribunal de Justicia del Estado, magistrado Eduardo Pinacho Sánchez señaló que su administración no solapará ninguna circunstancia que implique un desempeño irregular de la función jurisdiccional.

Enfatizó que en el Poder Judicial del Estado, la corrupción no es un fenómeno generalizado. “La mayoría de las juzgadoras y juzgadores se conducen con independencia y honestidad, pero la existencia de cierto número de casos daña seriamente la imagen institucional, lo que pone de relieve la necesidad de consolidar una cultura que imponga altos estándares de servir con integridad, excelencia, sensibilidad social y transparencia en la función judicial”, dijo.

Puntualizó que toda aquella persona que tenga algún señalamiento, inconformidad o cualquier otro comentario que quiera hacer respecto al personal de algún juzgado, lo puede hacer libremente ante la Visitaduría General.

En estos casos en lo que se dio por terminada la relación laboral, durante el proceso de investigación realizado ante las múltiples quejas recibidas incluso de alcaldes municipales de la Sierra Norte, los derechos humanos de dichos servidores fueron respetados en todo momento.

Cabe señalar que conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley del Servicio Civil para los Empleados del Gobierno del Estado, al ser trabajadores de confianza, el patrón al perderles la misma, tiene toda la facultad de revocarles su nombramiento.

El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función Judicial y sus actuaciones se enmarcan en el cumplimiento de los objetivos institucionales para garantizar la eficiencia y transparencia en el servicio de justicia.


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