Anula TEPJF elección en Mitla; ordena extraordinarias
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Anula TEPJF elección en Mitla; ordena extraordinarias

Acredita rebase de tope máximo de gastos de campaña


Anula TEPJF elección en Mitla; ordena extraordinarias | El Imparcial de Oaxaca

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró la nulidad de la elección del ayuntamiento de San Pablo Villa de Mitla, Oaxaca, al acreditarse el rebase el tope de gasto de campaña del candidato del PRI, Esaú López Quero.

Por lo que el TEPJF ordenó la celebración de una elección extraordinaria.

La Sala Superior del TEPJF determinó que se acreditaron los elementos de la causal constitucional de nulidad de la elección por el rebase del tope de gastos de campaña de la candidatura ganadora, debido a que, por un lado, la resolución del INE determinó que rebasó el tope de gastos por 6.85 %.

Y por el otro, el rebase violó el principio de equidad en la contienda y generó una ventaja indebida, dado que  la diferencia entre el primer y segundo lugar de la votación fue menor al 5 %, en el caso, fue de 19 votos (0.25% del total de la votación) y lo no reportado correspondía a gastos de campaña.

El pleno consideró que la violación fue grave, dolosa y determinante.

La Sala Superior del TEPJF consideró el caso relevante y trascendente porque permite establecer un criterio sobre si es posible reclamar la nulidad de rebase de tope de gastos de campaña en una segunda cadena impugnativa la validez de la elección si cuando se inició la primera serie de juicios la autoridad administrativa en materia de fiscalización no había determinado dicho rebase (SUP-REC-2136/2021).

Es importante recordar que el candidato común a la presidencia municipal de San Pablo Villa de Mitla por el Partido Acción Nacional (PAN) y Nueva Alianza Oaxaca (PNO) Luis Armando Olivera López presentó un recurso de reconsideración.

Lo anterior, a fin de lograr que se revisara la validez de la elección, toda vez que el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó que la candidatura ganadora, presentada por los partidos Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática rebasó el tope de gastos de campaña.

En un primer momento se estudió la nulidad de la elección con base en causales de nulidad de votación recibida en casilla, sin embargo, con posterioridad a que se concluyó con esta serie de juicios, el INE determinó el rebase del tope de gastos de campaña.

De acuerdo con las proyecciones del órgano electoral local esta y las otras elecciones extraordinarias se llevarían a cabo en el mes de marzo del 2022, entre las que destacan, Santa Cruz Xoxocotlán, Salina Cruz, Laollaga, Chahuites, entre otras.