Congreso ordena padrón de infantes en orfandad
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Congreso ordena padrón de infantes en orfandad

El 42% de muertos de Covid eran padres de familia


Congreso ordena padrón de infantes en orfandad | El Imparcial de Oaxaca

Mediante una reforma a la Ley Estatal de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado de Oaxaca, en sus artículos 13, 80, 109, 81 Bis, 81 Ter y 81 Quáter, el congreso local aprobó la creación de un padrón estatal de niñas, niños y adolescentes en estado de orfandad por el fallecimiento de su madre, padre o tutor, o de quien ejerza su guarda.

Aunque esta iniciativa surgió a raíz del aumento de las defunciones de padres y madres de familia que se han registrado durante la emergencia sanitaria, también contempla a las y los hijos de quienes fallecieron por muerte natural o desastre ecológico.

De acuerdo a los datos de asociaciones civiles que promueven la Campaña Nacional “México Ampárame”, en el país al menos el 42 % de los fallecidos por Covid-19 eran padres de familia y calcularon que en Oaxaca habían alrededor de mil 417 menores en orfandad, esto según cifras hasta el mes de abril del 2021.

Con la nueva norma aprobada recientemente por las y los diputados locales, el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) Estatal, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva del Sistema Local de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, serán los organismos encargados de generar y actualizar este padrón.

Con ello, el gobierno estatal deberá desarrollar de manera prioritaria e inmediata, la protección, asistencia integral, el ejercicio, respeto, y promoción de los derechos de este sector. Además, prever e implementar las acciones, programas y mecanismos que les permitan un crecimiento y desarrollo pleno, en concordancia con el principio de interés superior de la niñez.

El documento destaca que la información contenida será confidencial en lo relativo a la protección de datos personales y solo podrá ser público en lo que refiera a datos de carácter estadístico, para fines de medición y evaluación.

También se instituye que las autoridades de los tres niveles y órdenes de gobierno que tengan conocimiento que una niña, niño o adolescente se encuentre en estado de orfandad, tendrán la obligación de informar a las instituciones correspondientes.