Palo a Fuerza por México en impugnación electoral
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Palo a Fuerza por México en impugnación electoral

TEEO confirma resultados en elecciones a diputados locales


Palo a Fuerza por México en impugnación electoral | El Imparcial de Oaxaca

El Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) propinó sendos reveses a las impugnaciones del partido Fuerza por México contra los resultados en la elección de diputación local en cuatro distritos.

El pleno del órgano jurisdiccional confirmó los resultados en 6 distritos, de las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa, realizadas el pasado 6 de junio.

Al analizar el recurso de inconformidad de la elección de diputados de mayoría relativa identificado con la clave RIN/DMR/XI/16/2021,  validó los resultados consignados en el acta de cómputo distrital, la declaración de validez de la elección y el otorgamiento de la constancia de mayoría efectuada por el consejo distrital electoral número 11, con sede en Matías Romero.

Lo anterior, debido a que el Partido Fuerza por México no acreditó que  la difusión de mensajes en el periodo de veda electoral por parte de diversas personas de renombre público denominadas “influencers” a favor del partido Verde Ecologista de México, fuera determinante para los resultados de la votación obtenida.

De igual manera, el partido político  tampoco especificó en qué consistió la supuesta entrega de seis paquetes electorales fuera de los plazos establecidos y la existencia de irregularidades graves durante la jornada electoral.

El Tribunal confirmó que 47 casillas impugnadas fueron ubicadas conforme al encarte proporcionado por las autoridades administrativas electorales.

Mientras que en el expediente con clave RIN/DMR/XIII/05/2021, el órgano jurisdiccional confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo del consejo distrital electoral número 13 con cabecera en  Oaxaca de Juárez, zona sur.

Aquí, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) no cumplió con la carga procesal de la afirmación, es decir, no expuso los hechos que motivaron su pretensión.

De igual forma, al resolver los juicios RIN/DMR/XXIII/08/2021 y RIN/DMR/XXIII/14/2021, el pleno declaro infundados e inoperantes los agravios expuestos por Inés Leal Peláez y el partido Fuerza Por México, en contra de la declaración de validez de la elección de diputados del distrito 23, con sede en San Pedro Mixtepec, ya que realizaron afirmaciones genéricas y no aportaron medios de prueba suficientes.

En cuanto al recurso de inconformidad de elección de diputados de mayoría relativa identificado con la clave RIN/DMR/XVII/15/2021, el  Tribunal confirmó los resultados del cómputo distrital, la declaración de validez y el otorgamiento de la constancia de mayoría a la fórmula postulada por partido político Morena, en el distrito electoral local de Tlacolula de Matamoros, toda vez que el partido político Fuerza por México, no acreditó  plenamente que las  violaciones o irregularidades expuestas.

Sobre  la impugnación contra los resultados de la elección de diputados en el distrito electoral 06 con cabecera en Huajuapan de León, identificada con la clave RIN/DMR/06/01/2021, los motivos de disenso fueron considerados por los magistrados como infundados e inoperantes.

En los juicios acumulados con claves RIN/DMR/III/13/2021 Y JDC/227/2021, el pleno del TEEO declaró infundados e inoperantes los agravios hechos valer por el partido Fuerza por México y el ciudadano Francisco Javier Niño Hernández, por lo que confirmó el acta de cómputo distrital de la elección de diputados por el principio de mayoría del distrito electoral 03 con cabecera en Loma Bonita.


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