Impone TEEO multa a precandidato de Morena por actos anticipados de campaña
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Impone TEEO multa a precandidato de Morena por actos anticipados de campaña

El TEEO también desestimó la queja de Pavel Renato López Gómez, por actos que vulneraron su derecho de ejercicio del cargo


Impone TEEO  multa a precandidato  de Morena por actos anticipados de campaña | El Imparcial de Oaxaca

Por incurrir en actos anticipados de campaña, el Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) determinó sancionar con la cantidad de 4 mil 481 pesos a José de Jesús Romero López, precandidato de Morena a Presidente Municipal de Oaxaca de Juárez.

Con el voto en contra de la Magistrada Presidenta de este Tribunal, Elizabeth Bautista Velasco; los Magistrados consideraron que la difusión de estos elementos tienen la finalidad de hacer un llamado inequívoco al voto a favor de la candidatura de Romero y aunque el denunciado refirió que no contrató la colocación de estos anuncios, no acreditó haberse deslindado de dichas publicaciones.

En sesión pública presencial, realizada a puerta cerrada, se acreditó en el Procedimiento Especial Sancionador con clave PES/10/2021, que Romero López se benefició con la instalación de anuncios espectaculares, carteleras, viniles o adhesivos en unidades del transporte público que hacen referencia a sus aspiraciones para el proceso electoral de este año.

En el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano con número JDC/108/2020, declaró la existencia de violencia política contra el Regidor de Panteones del municipio de San Pablo Huixtepec, por parte del Presidente Municipal de esa localidad.

 En la sentencia se advirtió que la autoridad responsable no convocó al actor a diversas sesiones de cabildo, desde el año 2019, con el objeto de perjudicarlo en el ejercicio del cargo, a manera de represalia.

En relación al juicio con clave JDC/125/2020, iniciado por el Regidor de Imagen, Desarrollo Urbano y Obras Públicas y de Centro Histórico y Patrimonio Mundial del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez, Pavel Renato López Gómez, por actos que vulneraron su derecho de ejercicio del cargo, se determinaron infundados los agravios hechos valer.

 Esta resolución refiere que en la sesión extraordinaria de cabildo del 27 de noviembre de 2020, cuando se aprobó la ley de ingresos municipal, el actor sí participó en el debate e incluso emitió su voto, por lo tanto, sí ejerció su representación.

 En tanto, el TEEO determinó que no se actualizan los 5 elementos que establece el protocolo para la atención de violencia política en razón de género dentro del Procedimiento Especial Sancionador número PES/02/2021, interpuesto por la Diputada Federal del PAN, Dulce Alejandra García Morlán.

 En la resolución se señala que de las pruebas presentadas por el Comité Directivo Estatal del PAN, se acredita que contrario a lo expuesto por la denunciante, sí ha sido convocada a diversas reuniones internas mediante correo electrónico. 

Además la legisladora no ha solicitado que sus publicaciones de redes sociales sean replicadas en las cuentas institucionales de ese Comité.