Violencia política, práctica recurrente en Oaxaca
Las actoras reclaman actos violatorios a sus derechos, destacando la violencia política de género y violación a su derecho político de ser votada en su vertiente del ejercicio y desempeño de su cargo
El estado de Oaxaca continúa siendo una de las entidades con mayor incidencia por violencia política de género contra las mujeres; tan solo entre enero y abril de 2020, en el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), se promovieron 13 juicios de impugnación por razón de género.
De estos 10 corresponden a Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano, tres a Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía en el Régimen de los Sistemas Normativos Internos.
El informe presentado por las magistradas y magistrados del Tribunal, destaca que en los citados medios, las actoras reclaman diversos actos violatorios a sus derechos, destacando la violencia política de género y violación a su derecho político electoral de ser votada en su vertiente del ejercicio y desempeño de su cargo.
Los tipos de actos u omisiones que señalan las promoventes son: violencia política en razón de género y violación a su derecho político electoral de ser votada en su vertiente del ejercicio y desempeño de su cargo.
En los casos por régimen 10 corresponden al régimen de Partidos Políticos y tres al régimen de Sistemas Normativos Indígenas. Dentro de los cargos que desempeñan las actoras en los diversos Ayuntamientos son: una Presidenta Municipal, una Agente de Policía, una Síndica Municipal; nueve Regidoras, de las cuales tres, son Regidoras de Hacienda, en igual número corresponde a Regidoras de Equidad de Género; dos Regidoras de Obras, una, Regidora de Protección Civil, y una concejal suplente por el Principio de Mayoría Relativa.
La magistrada Elizabeth Bautista Velasco informó que en este periodo, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca resolvió 5 medios de impugnación, en dos juicios determinó, que se acreditó la violencia política de género, y en los tres restantes, no se acreditó violencia política de género, al no actualizarse los elementos que refiere el protocolo; sin embargo, el Pleno determinó vincular y dar vista a diversas autoridades para que en el ámbito de su competencia acompañen y den protección a las actoras, entre estas autoridades se encuentran quienes coadyuvan en el observatorio de Participación Política de las Mujeres del Estado de Oaxaca.
Detalló que en la sustanciación de 5 medios de impugnación, el Tribunal dictó medidas de protección en aras de maximizar y proteger el ejercicio pleno de los derechos de las mujeres.