El programa Doble Hoy No Circula se extenderá al jueves 20 de marzo en la Ciudad de México; aunque los vehículos afectados se definirán tras la actualización del monitoreo atmosférico por la noche.
La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) anunció que la Fase 1 de Contingencia Ambiental permanecerá activa debido a los altos niveles de contaminación en la Zona Metropolitana del Valle de México. La noche del miércoles se mantendrán las restricciones a la circulación de la siguiente manera:
Holograma de verificación 2: Todos los vehículos.
Holograma de verificación 1: Placas con terminación 1, 2, 4, 6, 8 y 0.
Holograma de verificación 0 y 00: Engomado verde, placas terminadas en 1 y 2.
La CAMe activó la Fase 1 de Contingencia el martes 18 de marzo ante el incremento en los niveles de contaminación en la Ciudad de México y el Estado de México.
Doble Hoy No Circula
Por la Fase I de contingencia ambiental en la Zona Metropolitana del Valle de Méxco, la Comisión Ambiental de la Megalópolis informó de la aplicación del programa Doble Hoy No Circula por segundo día consecutivo.
Los automóviles que tienen prohibido circular en la Ciudad de México (CDMX) y Estado de México (Edomex) de las 5:00 a 22:00 horas son los siguientes:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 4, 5, 7 y 9.
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del Edomex.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.
Excepciones
Quedan exentos del programa Doble Hoy No Circula los siguientes automóviles:
Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
Vehículos que porten holograma “0” o “00” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
Las motocicletas están exentas de la Fase 1.