La Secretaría de Movilidad de la capital mexicana logró una reforma de Tránsito en México, concretamente, en los artículos 67 y 68, al igual que otros. De este modo, se busca dar castigos mucho más fuertes a los conductores borrachos o drogados.
En concreto, la reforma se aplicó en los artículos: 6, 9, 12, 13, 15, 21, 24, 35, 36, 37, 61, 67, 68, 72, 74, 78, 80, 90, 132, 133, 168, 204, 224, 225, 230, 233, 238, 251. Al igual que los artículos 5, 9, 12, 37, 40, 61, 67, 69, 78, 80, 90, 1115, 131, 227, 251, dando la derogación de los artículos 148, 149, 150, 151, 152 y 152.
Sin embargo, aunque, la reforma se aplica para todos estos artículos de la Ley de Movilidad de la capital mexicana, destaca la reforma al artículo 67 en las infracciones I, II, VI y VII. Estos le facultan a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México para cancelar de forma completamente definitiva las licencias o los permisos de conducir por diversas razones.
Dicho de otro modo, la fracción primera indica que se cancelarán en caso de que el titular de la licencia sea sancionado de nuevo en el mismo año. Esto último en caso de conducir un vehículo motorizado alcoholizado y/o bajo los efectos narcóticos.
Ahora con respecto a la reforma en el artículo 68 en las fracciones III y IV señala que se hará a la suspensión temporal del uso de licencia o permiso para conducir. Aquí se indica que la suspensión es de un año al ser sancionado en primera ocasión si se conduce un vehículo motorizado bajo efectos del alcohol y/o narcóticos.
La suspensión además irá acompañada de un tratamiento para combatir a las adicciones, para su rehabilitación en una institución especializada pública o privada. Todo esto se tiene que hacer de forma obligatoria.
Esto mismo se va a aplicar para las sanciones por tres años siempre que sea la segunda ocasión en un periodo menor a tres años, en caso de conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad y/o drogado.
Es importante mencionar que, la reforma de Tránsito en México, también establece que las autoridades estatales y municipales pueden emplear mecanismos y dispositivos tecnológicos para detectar infractores de los límites de velocidad en las vías de su competencia.
Hay que mencionar que siempre que se quiera checar si tienes una multa en la Ciudad de México, es necesario que entres al sitio de Estrados Electrónicos. Aunque, también, puedes hacer tu consulta en la página multstransito-cdmx. Desde esta página puedes revisar todo lo relacionado a las multas y otros trámites.
Algo similar a esto pasa en el sistema de comparendos en Colombia, ya que la mayoría de los conductores colombianos no conocen si se les ha impuesto una multa. Sin embargo, con los comparendos SIMIT en línea vas a poder consultar los registros personales de una forma bastante sencilla.
De hecho, puedes consultar el SIMIT por tu cédula lo que te permite encontrar el registro de las multas o fotomultas que lleva el ciudadano. Al igual que, el estado, en el que se encuentra el trámite. Gracias a este organismo de tránsito puedes ver los detalles que tipo de infracción es lugar o ubicación donde se produjo. Al mismo tiempo, verás el monto o valor a pagar y la razón o motivo por el que se dio la multa de tráfico.
Por ende, si piensas que se te ha puesto una multa por infracción con su auto, tienes que consultar comparendos en el SIMIT por cédula. De este modo, vas a poder verificar la información para saber si hay alguna inconsistencia en la sanción de tránsito para que puedas realizar una carta de reclamación o queja.
Dicho esto, en Colombia debes saber que el SIMIT no reporta infracciones vinculadas por placa, pero sí el sistema de RUNT en línea. Esta es otra página de comparendo de tránsito que asocia el número de placa de un autor con su infracción. Por ende, podemos hacer una consulta RUNT por placa o a través de otro documento. De este modo, vamos a recibir toda la información disponible acerca de un vehículo o una motocicleta en Colombia.