Aunque en este año la transición de gobierno ha derivado en la demora de su realización y entrega al congreso local, la Ley de Ingresos de la ciudad de Oaxaca es un documento que en los últimos años también ha tenido retrasos en su aprobación por parte de la legislatura local. Asimismo, en su publicación y entrada en vigencia, debido a los ajustes que tuvo que hacer el ayuntamiento a raíz de las observaciones del congreso.
Así ocurrió en los ejercicios fiscales de los años 2023 y 2024, cuando el documento por el que se establecen cuánto podría recaudar el ayuntamiento o recibir vía aportaciones y participaciones. Por ejemplo, en este año el decreto 2024, que avala la ley de ingresos vigente, fue aprobado el 6 de marzo, como se señala en el mismo documento.
Se espera que sea en la próxima semana cuando el cabildo apruebe el nuevo proyecto de Ley de Ingresos del año 2025 para enviarla a más tardar el 29 del mes al congreso. Será este el que lo analice y apruebe o regrese al municipio para su modificación y nuevamente sea turnado a la legislatura para su aprobación, promulgación y publicación.
De acuerdo con el artículo 43 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Oaxaca, el responsabilidad del ayuntamiento “elaborar y presentar en forma digital editable ante el Congreso del Estado, a más tardar el último día del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de Ley de Ingresos Municipales que deberá regir durante el año fiscal siguiente”.
En este año, al ser el último día hábil el 29 de noviembre, se ha proyectado que sea ese el último día de plazo para turnar el documento.
Sin embargo, explica que en el caso de la iniciativa de “Ley de Ingresos Municipales que se aplicará en el Primer Año de Ejercicio Constitucional, deberá aprobarse por el Ayuntamiento en funciones a propuesta del Presidente Municipal entrante que asumirá el cargo el primero de enero del año que corresponda”.
En todo caso, la iniciativa de ley de ingresos tiene que cumplir con los requisitos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, las Normas emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable y demás disposiciones legales aplicables”.