Dante Montaño deberá esperar la resolución
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Dante Montaño deberá esperar la resolución

El edil, quien busca reelegirse, figura en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género


Dante Montaño deberá esperar la resolución | El Imparcial de Oaxaca

El edil de Santa Lucía del Camino, Dante Montaño Montero, deberá esperar la resolución del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) sobre su candidatura para reelegirse en el cargo, según la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO). 

En su reciente sesión, el órgano confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-32/2021, emitido el 18 de marzo, en el que el IEEPCO responde a Montaño que analizará si puede o no ser candidato a presidente municipal o diputado local en el “momento oportuno”. Es decir, no podía ser antes de que la ciudadanía interesada o los partidos políticos solicitaran el registro de candidaturas.

El TEEO también declaró infundados los presuntos agravios que Montaño señaló respecto al IEEPCO; entre ellas, que este órgano respondió con evasivas o de manera incongruente a sus preguntas. Estas –remarcó el tribunal– se hicieron cuando aún no era el momento para responderlas ni Montaño era aspirante a candidatura alguna. Asimismo, porque no preguntó de manera explícita sobre su derecho a ser votado.

En el acuerdo del IEEPCO, se lee que Montaño preguntó: “¿Las personas inscritas en la lista de personas sancionas por ejercer violencia Política por razón de Género, están privadas de sus derechos político electorales?”.

A decir del TEEO, Montaño “basó su consulta de forma genérica en relación con la privación de los derechos político-electorales en virtud de estar inscrito en la lista de personas sancionadas por ejercer violencia política en razón de género, cuestión que fue debidamente atendida por la responsable”.

Sobre las otras preguntas, sobre si puede ser candidato a presidente municipal y a diputado local, Montaño dice que le respondieron con evasivas. Sin embargo, el tribunal resolvió que “tampoco le asiste la razón”, debido a que la respuesta se emitió el 18 de marzo, “por ende, era claro que no era el momento procesal oportuno” para responderle, pues en ese tiempo Montaño “aún no contaba con la calidad de aspirante a ser candidato”.

El edil de Santa Lucía del Camino figura en el Registro de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.


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