Oaxaca de Juárez no regresa a la "nueva normalidad" el 1 de julio
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Oaxaca de Juárez no regresa a la “nueva normalidad” el 1 de julio

El Cabildo de la capital oaxaqueña aprobó por unanimidad extender las medidas hasta que se modifique el indicador rojo del semáforo de riesgo.


Oaxaca de Juárez no regresa a la “nueva normalidad” el 1 de julio | El Imparcial de Oaxaca

El Cabildo del Ayuntamiento de Oaxaca de Juárez determinó este martes, en sesión extraordinaria, extender la vigencia de las medidas restrictivas y de prevención contra el Covid-19 hasta que se modifique el estatus rojo del semáforo de riesgo epidemiológico para el estado de Oaxaca, por lo que el 1 de julio no se podrán reanudar actividades no esenciales.

La decisión de la propuesta del presidente municipal, Oswaldo García Jarquín, tiene como fin único salvaguardar la salud de los oaxaqueños, luego de que el Gobierno Federal anunciara que de la semana del 29 de junio al 5 de julio, el semáforo de riesgo continuará en rojo para Oaxaca.

Entre las medidas aprobadas por unanimidad se encuentran: el receso laboral para alrededor de 1 mil 500 empleados sindicalizados del Ayuntamiento, la suspensión temporal de actividades en salones de fiesta, antros, cantinas, bares, centros nocturnos, cervecerías, mezcalerías, centros botaneros y similares establecidos en la capital del estado.

Por lo que respecta a los establecimientos que se dediquen a la elaboración y venta de alimentos preparados y bebidas no alcohólicas, podrán funcionar únicamente a puerta cerrada en la modalidad de servicio a domicilio .

Establece que solamente podrán continuar en funcionamiento aquellos comercios cuyo giro esté directamente vinculado al cuidado de la salud humana y animal, así como los involucrados en la disposición adecuada de los residuos peligrosos biológico-infecciosos (RPBI); además, los establecimientos cuyo giro sea la distribución y venta de gasolina o gas y la generación y distribución de agua potable o agua purificada para consumo humano, así como los establecimientos dedicados a los servicios y productos básicos, como mercados y supermercados, tiendas de autoservicio, lavanderías, ferreterías, servicios de plomería y electricidad, telecomunicaciones, servicios funerarios y de inhumación.

La medida dispone que las instituciones de banca, ahorro y crédito, aseguradoras y casas de empeño, deberán establecer mecanismos de control sanitario que eviten aglomeraciones al exterior de sus sucursales derivados del tiempo de espera por los servicios que prestan; además tendrán que observar las disposiciones de sana distancia.

 


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