Anula TEPJF elecciones en Salina Cruz
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Anula TEPJF elecciones en Salina Cruz

La Sala Xalapa ordenó al Congreso Local y al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), a realizar elecciones extraordinarias.


Anula TEPJF elecciones en Salina Cruz | El Imparcial de Oaxaca

Por unanimidad, magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de la Sala Regional Xalapa, en una sesión no presencial, anularon la elección municipal del Puerto de Salina Cruz.

Los resultados que en un principio favorecieron a Daniel Méndez Sosa, del Partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), quedaron sin efecto bajo el argumento de la vulneración a los principios de objetividad y certeza.

En tanto, la Sala Xalapa ordenó al Congreso Local y al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), a realizar elecciones extraordinarias.

Cabe destacar que en el municipio de Salina Cruz, los resultados del PREP favorecieron a Daniel Méndez Sosa, quien obtuvo 12 mil 859 votos, aventajando con 2 mil 374 al candidato de la alianza “Va por Salina Cruz” (PRI-PAN-PRD), Rodolfo León Aragón, conocido como “Coco León”, quien obtuvo 10 mil 485 votos.

Sin embargo, el abanderado priista no aceptó los resultados y tras denunciar presuntas irregularidades que se impugnaron en las actas, solicitó el recuento de votos.

Se acordó revisar 91 casillas; sin embargo, sólo se hizo el conteo de 86 en el Consejo Municipal Electoral de Salina Cruz, ya que el Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) argumentó que no existían las condiciones de seguridad; por ello, se suspendió y el material electoral se trasladó a Oaxaca de Juárez bajo custodia de la Guardia Nacional.

Finalmente, el Consejo General del IEEPCO concluyó el cómputo de Salina Cruz y dio el triunfo a la planilla de Morena, y entregó a Méndez Sosa la constancia de mayoría que lo acreditaba oficialmente como presidente municipal electo en Salina Cruz.

No obstante, Rodolfo León Aragón decidió impugnar los resultados y tras cinco meses, el TEPJF decidió anular la elección municipal bajo el argumento de la vulneración a los principios de objetividad y certeza.