Otorga Juez suspensión provisional al proyecto eólico “GunaaSicarú”
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Otorga Juez suspensión provisional al proyecto eólico “GunaaSicarú”

Juzgado de Distrito en el Estado de Oaxaca concede suspensiones provisionales del Procedimiento de Consulta a la comunidad zapoteca de Unión Hidalgo, así como de la construcción y operación del proyecto del parque eólico.


Otorga Juez suspensión provisional  al proyecto eólico “GunaaSicarú” | El Imparcial de Oaxaca

Derivado de juicios de amparo interpuestos con el acompañamiento del Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, A.C. (ProDESC), la comunidad indígena zapoteca de Unión Hidalgo, obtuvo suspensiones provisionales para efectos de que no se continúe el Procedimiento de Consulta indígena sobre el proyecto central eólica GunaaSicarú de la empresa Eólica de Oaxaca, S.A.P.I. de C.V. –filial de la transnacional francesa EDF EN-, ni se inicie la construcción y operación de dicho parque eólico.

Así lo informó a través de un comunicado ProDESC, quien explica que de manera histórica y creando un precedente favorable a la defensa de los derechos de comunidades indígenas, un Juzgado de Distrito en el estado de Oaxaca resolvió que “no existen condiciones naturales (dado el sismo ocurrido en septiembre de 2017), ni condiciones sociales por los conflictos internos que pudieran surgir en la propia comunidad, dados los próximos plebiscitos electorales a nivel municipal, así como eventos culturales por fiestas patronales, ya que esos aspectos podrían influir en la decisión que en su caso, adopte la comunidad indígena; así como para que no se inicie la construcción y operación del proyecto central eólica GunaaSicarú”.

Explican que la determinación se traduce en que ni la Dirección General de Impacto Social y Ocupación Superficial de la Secretaría de Energía, ni una serie de autoridades federales, estatales y municipales, puedan continuar con el Procedimiento de Consulta sobre la construcción y operación del parque eólico, que habían ya iniciado desde el año pasado con actos de la fase de Plan de Consulta, y el 11 de abril pasado, con la primer Asamblea de la Fase de Acuerdos Previos.

Por lo que, con esta determinación, el Juzgado Federal que concedió la medida suspensional recoge lo que la comunidad ya ha señalado previamente, en el sentido de la falta de condiciones para el desarrollo de un procedimiento de consulta que cumpla con los estándares establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
En el documento señala que la consulta impulsada actualmente por la Secretaría de Energía (SENER), no es idónea ni adecuada, pues las prioridades de desarrollo de la comunidad están centradas en el proceso de reconstrucción después de los sismos del septiembre del 2017, en donde la comunidad de Unión Hidalgo resultó la segunda comunidad más afectada de la región.

Indican que no hay condiciones de normalidad, ya que al menos el 70 por ciento del total de viviendas se encuentran dañadas; 300 viviendas se desplomaron por completo, las necesidades básicas de vivienda, vida digna, salud y educación no se han restablecido y ha prevalecido la entrega irregular de apoyos.

A ello se suma el inicio del periodo de campañas en los procesos electorales federal y local, por lo que existe un riesgo real de actos de violencia, como lo demuestran casos de confrontación recientes en la región del Istmo de Tehuantepec, los cuales manifiestan vínculos directos o indirectos con los procesos electorales y las dinámicas políticas locales.

La resolución obtenida se enmarca en las acciones legales que la comunidad de Unión Hidalgo, con el acompañamiento de ProDESC, ha desarrollado en defensa de su territorio y bienes naturales en relación con el parque eólico GunaaSicarú,

Tales como una queja ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la presentación de una queja ante el Punto Nacional de Contacto en Francia de la OCDE en febrero pasado, por posibles violaciones a derechos humanos cometidas por la empresa EDF y sus filiales en México.

Cabe señalar que, desde julio de 2017, la comunidad presentó un amparo contra el permiso de generación de energía eléctrica otorgado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) respecto del parque eólico GunaaSicarú, por haber sido otorgado sin consultar previamente a la comunidad, mismo que actualmente se encuentra en trámite


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