La Secretaría del Trabajo recordó que la legislación federal establece sanciones para aquellos patrones que tengan a menores de edad trabajando en sus centros laborales.
Al presentar el libro “Condiciones de vida, trabajo y salud en Zoquiapan”; el subsecretario de Previsión Social, Ignacio Rubí Salazar, mencionó que el artículo 22 Bis de la Ley Federal del Trabajo señala que, cuando las autoridades laborales detecten trabajando a un menor de 14 años fuera del círculo familiar, ordenará que de inmediato cese en sus labores; y, al patrón que incurra en esta conducta, se le sancionará con las penas establecidas.
“Si, la mano dura, y ahí está la incorporación a la Ley Federal del Trabajo de esa multa de hasta 5 mil días conforme al valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinado por el INEGI, a quienes contraten a menores de edad y ahí también están las medidas que hemos venido conviniendo con el programa Prospera, para poder atender de manera prioritaria a familias en situación de vulnerabilidad”.
El funcionario federal consideró una falacia que las actividades productivas de niños, niñas y adolescentes alivie las condiciones de pobreza de los hogares.
“En la medida en que con la justificación económica, que es una falacia, que es una mentira, se permita y se tolere el trabajo infantil, lo que se está haciendo es dar pauta a la reproducción del círculo de la pobreza”.
Rubí Salazar subrayó que la protección social a las familias mexicanas en condiciones de vulnerabilidad debe ser una prioridad, porque es la forma también en que el problema del trabajo infantil en nuestro país puede ser erradicado.