Aborto seguro en Oaxaca es una realidad muy lejana
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Aborto seguro en Oaxaca es una realidad muy lejana

Trabajadores de la Secretaría de Salud, aseguran que en Oaxaca no se tiene la infraestructura necesaria para realizar abortos seguros por la falta de material quirúrgico y de unidades adecuadas


Aborto seguro en Oaxaca es una realidad muy lejana | El Imparcial de Oaxaca

Pese a la publicación de la Ley que despenaliza el aborto en Oaxaca, el personal médico de la mayoría de las unidades del sector salud considera no estar preparado para atender los casos que puedan presentarse, tanto por la falta de especialización como de infraestructura e insumos.

Aunque la nueva ley permite la interrupción del embarazo antes de las 12 semanas, la incertidumbre del personal también obedece al posible incremento de atenciones y demandas por no ofrecer una atención como se requiera.

Apenas el 24 de octubre, luego de la aprobación de la Cámara local de diputados para la modificación del código penal que despenaliza el aborto, el Diario Oficial de Oaxaca publicó el decreto que convirtió al estado en el segundo del país en garantizar la interrupción legal hasta las 12 semanas de embarazo, después de la Ciudad de México.

“No estamos preparados”: Sección 35

El dirigente de la Sección 35 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA), Mario Félix Pacheco, explicó que en Oaxaca no se tiene la infraestructura ni el equipamiento para atender los abortos de manera segura.

“Nosotros estamos en una constante lucha en la petición de equipamiento e infraestructura para poder atender a la población como se requiere, tanto para las enfermedades crónico degenerativas como padecimientos de niños y mujeres embarazadas”, explicó.

Señaló que en la mayoría de los centros de salud no se cuenta con un área para expulsión o atención de partos, sobre todo en las comunidades de alta y muy alta marginación.

“No sabemos bajo qué criterios tomaron la decisión (los diputados y diputadas), pero en este momento el tema del aborto en Oaxaca es muy difícil”, insistió.

El dirigente del organismo sindical, el segundo más grande del estado y con mayor cobertura de atención, lamentó que los y las legisladoras no hayan consultado en su momento a los trabajadores del sector salud en la discusión del tema del aborto, ni mucho menos hayan ido a algún centro de salud para ver sus condiciones de equipo e infraestructura.

“Si no tenemos medicamentos ni insumos, menos para abortos. Es muy difícil y nos va a cargar mucho problema el hecho de la atención de estos; van a crecer las demandas hacia los trabajadores, porque desde el primer momento en que no se cuente con lo necesario, la gente se va a molestar y empezarán las quejas contra el personal”.

El dirigente de más de 10 mil sindicalizados consideró que la mayoría de los legisladores cedió en la aprobación de la nueva ley, “por insistencias de algún otro sector, sin considerar que vendría un panorama muy difícil para llevarlo a cabo”.

Derecho de las mujeres

Al respecto, la presidenta del Grupo de Estudios sobre la Mujer Rosario Castellanos (GESMujer), Angélica Ayala Ortiz, expuso que uno de los principales retos para disminuir los embarazos en adolescentes, es tener acceso a orientación, consejería y a métodos anticonceptivos, de manera que puedan tomar decisiones libres e informadas.

“Pero en los casos en que los embarazos sean producto de una violación, la Norma Oficial Mexicana 046 establece que es un derecho de las mujeres solicitar una interrupción legal del embarazo y una obligación de los servicios de salud atender a esta petición, incluso en menores de 14 años, antes de las 12 semanas de gestación.

“El procedimiento es solicitarlo con una carta, bajo protesta de decir verdad, sin que medie una autorización de un ministerio público. Y, dando seguimiento a casos, podemos identificar los obstáculos a fin de que se respeten los derechos de las mujeres”. Señaló que ante la despenalización del aborto en Oaxaca, el movimiento feminista está consciente que aún siendo un derecho el aborto libre, seguro y gratuito, es necesario avanzar en su implementación, capacitando al personal de salud, asignando recursos presupuestales y sensibilizando a las y los tomadores de decisiones.

“Aún con este derecho, protegido por la ley, es necesario seguir demandando su cumplimiento, pues existen barreras institucionales que lo dificultan”, reconoció.

Personal médico, obligado a informar sobre ILE

Para la profesora e investigadora Lina Rosa Berrio, es necesario el fortalecimiento del espacio comunitario, porque ahí hay mujeres que luchan por los derechos de otras mujeres en la toma de sus propias decisiones, que deben ser respaldadas.

De los embarazos en niñas o adolescentes, señaló que el personal médico debe informarles a ellas y a sus tutores sobre el derecho que tiene a la interrupción legal, porque si no se les oferta, estarían violando derechos por omisión.

Por separado, el director de Prevención y Promoción de la Salud de los Servicios de Salud de Oaxaca, José Ramón Pintor Sill, admitió que se debe seguir capacitando y sensibilizando al personal para que sepan que no se deben poner barreras, luego de la implementación de la interrupción legal del embarazo a raíz de la reforma aprobada el pasado 25 de septiembre y publicada en el Diario Oficial un mes después.

Expuso que las autoridades de salud trabajan para la “posibilidad de crear una unidad médica especializada para la atención legal del embarazo”, ante las carencias que se tienen en varias unidades médicas.

El Estado no cumple con la NOM 046

De manera reciente, el estudio titulado “La regulación sobre los derechos sexuales y reproductivos en la legislación mexicana y para conocer el grado de cumplimiento de la NOM 046. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Criterios para la prevención y atención en Chiapas, Guerrero y Oaxaca”, reveló que en la entidad el Estado no cumple en la atención a las víctimas de violencia sexual y existe un desconocimiento en la aplicación de esta Norma Oficial Mexicana en los servicios de salud.

La investigadora Paola Sesia, del Centro de Investigaciones y Estudios Superiores en Antropología Social (CIESAS), explicó que la NOM 046 se refiere a los criterios para la atención y prevención de la violencia familiar y sexual contra las mujeres en el sector salud, pero no se pone en práctica ante la ignorancia o desinterés de las autoridades, directivos y trabajadores de la misma área.

Tanto en Oaxaca, como Chiapas y Guerrero, el estudio demostró que las autoridades competentes no responden con acciones que garanticen la atención integral prevista en casos de violencia sexual, ni en el desarrollo de estrategias de difusión de información sobre esta medida, de modo que las usuarias puedan demandar el servicio.

Buscan reducir abortos clandestinos

Con la nueva ley en Oaxaca, diversas organizaciones sociales y feministas confiaron en que la mujer ya no sea criminalizada y se reduzca el número de abortos clandestinos, que en la entidad cada año se estiman entre 9 mil a 11 mil, sobre todo en comunidades indígenas, donde no se cuenta con los equipos necesarios para llevarlos a cabo, y ponen en riesgo la salud y la vida de las que deciden hacerlo.

“Despenalizar no obliga a nadie, solo da las opciones y va a permitir a las mujeres decidir sobre nuestro cuerpo de forma libre, pero también legal”, había señalado en su momento la coordinadora en Oaxaca de la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en México (Ddeser), Mayra Morales.

No criminalizar a la mujer

Con la aprobación de la reforma al Código penal sobre el delito de aborto, la Comisión permanente de administración y procuración de justicia del Congreso del estado, señaló que el objeto es no criminalizar a la mujer que decida interrumpir su embarazo hasta las 12 semanas de gestación.

Precisó que en ésta se establecen sanciones a quien hiciera abortar a una mujer sin su consentimiento de 6 a 10 años de prisión, a la mujer que aborte o consienta que alguien la haga abortar después de las 12 semanas de gestación, con 3 a 6 meses de prisión o de 100 a 300 días de trabajo en favor de la comunidad, cuya pena se establecerá también a quien haga abortar a la mujer con su consentimiento.

De las modificaciones en los casos en que no es sancionado el delito de aborto, se expone que cuando sea resultado de una violación, independientemente de que exista o no denuncia de la violación. (Se elimina la temporalidad de tres meses a partir de la violación, para poder practicar el aborto y no se establece como requisito que haya una denuncia).

Así también, cuando sea resultado de una inseminación artificial no consentida, cuando la mujer corra peligro de salud o de muerte a juicio del médico que la asista, o cuando a juicio de este especialista, el producto presente alteraciones genéticas o congénitas que puedan dar como resultados daños físicos o mentales en el mismo.