Febrero de 2020, fecha límite para la Ley de Extinción de Dominio
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Febrero de 2020, fecha límite para la Ley de Extinción de Dominio

Las entidades federativas tienen un plazo de 180 días para armonizar la Ley de Extinción de Dominio que entró en vigor a nivel nacional el pasado 10 de agosto


Febrero de 2020, fecha límite para la Ley de Extinción de Dominio | El Imparcial de Oaxaca

Las entidades federativas tienen un plazo de 180 días para armonizar la Ley de Extinción de Dominio que entró en vigor a nivel nacional el pasado 10 de agosto, por lo que el 6 de febrero de 2020, a más tardar, esta norma tendría que entrar en vigor en Oaxaca

“Cada estado tenía una Ley de Extinción de Dominio, sin embargo, se hace una reforma constitucional para incluir otro tipo de delitos en su procedencia y se trabaja en una Ley nacional, que fue aprobada hace un par de meses, y en los transitorios está una vigencia para que se armonice las entidades a la misma, estamos en ese periodo y lo cierto es que al día de hoy no cumple vigencia”, dijo Jorge Emilio Iruegas Álvarez, titular de la Fiscalía Anticorrupción.

Algunos delitos en los que puede aplicarse la Ley de Extinción de Dominio son la delincuencia organizada, robo de vehículos, utilización de recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas, delitos en materia de hidrocarburos, hechos de corrupción, encubrimiento, e ilícitos cometidos por servidores públicos.

“Es muy necesaria la Ley de Extinción de Dominio, un tema que desde el año pasado he tratado de empujar, cuando no había reforma Constitucional y el Estado podía legislar al respecto”, dijo el fiscal anticorrupción.

Según Iruegas Álvarez actualmente se tiene que esperar a que se dé cumplimiento al procedimiento ordinario para que una vez que se dicte sentencia se establezca la reparación el daño o que en el caso de que el imputado así lo considere, existen figuras como el propio criterio de oportunidad que pudiera de manera indirecta lograr la recuperación de activos.

“Eventualmente también un posible procedimiento abreviado que acorta los tiempos para emitir una sentencia sin necesidad de llegar a juicio oral o algún acuerdo reparatorio, en donde hay algunos cuestionamientos si procede o no en delitos relacionados con hechos de corrupción”, señaló el fiscal.


aa

 

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