Veda electoral, conoce cuándo es y de qué se trata
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Veda electoral, conoce cuándo es y de qué se trata

Tres días previos a la jornada electoral y el mismo día de la votación, los actores políticos no pueden hacer un llamado al voto


Veda electoral, conoce cuándo es y de qué se trata | El Imparcial de Oaxaca

CIUDAD DE MÉXICO.

La veda electoral es un periodo de tres días en el que se busca que los ciudadanos reflexionen su voto y evalúen las propuestas de los candidatos.

Así, tres días antes de celebrarse la jornada electoral se realiza esta veda, en la que se evitan actos de campaña que puedan influir indebidamente en el ejercicio del voto, con la intención de preservar la equidad en la contienda electoral.

Ya que la jornada electoral se realiza este domingo 1 de julio de 2018, la veda será el 28, 29 y 30 de junio.

La veda electoral aplica a los ciudadanos, observadores electorales, autoridades, servidores públicos, notarios, extranjeros, concesionarios de radio y televisión, organizaciones sindicales y patronales, así como ministros de culto, y no solo a partidos, agrupaciones políticas y a sus candidatos.

¿Qué se prohíbe durante la veda electoral?

Los candidatos y partidos políticos no pueden realizar actos proselitistas, por lo que está prohibido celebrar reuniones, actos públicos de campaña, así como la difusión de propaganda por cualquier medio, incluyendo radio y televisión.

Durante estos tres días, los partidos y los candidatos, incluyendo a los independientes, deberán retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de cincuenta metros de los lugares donde se instalarán las casillas para votar.

En cuanto a los ciudadanos, no podemos realizar marchas en favor o en contra de cualquier candidato, de ser así se puede emitir una sanción.

Tampoco se puede difundir en los medios resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.

Los medios no podrán promover mesas de análisis político con representantes de los partidos políticos, en las que se convoque al voto por algún candidato.

Quien incumpla alguna de estas disposiciones serán sancionados con base a lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

En cuanto a los gobiernos tanto local, como federal, se debe suspender totalmente la difusión en los medios de toda propaganda gubernamental.

Las únicas excepciones son las campañas de información de las autoridades electorales, las relacionadas a servicios educativos y de salud o sobre protección civil en casos de emergencia.


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