Reactivación de actividades. Responsabilidades y consecuencias
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Reactivación de actividades. Responsabilidades y consecuencias

 


En la semana que concluye, el Gobierno Federal publicó el acuerdo de la Secretaria de Salud y el que lo modifica, que determinan la estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así́ como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico en municipios denominados de la esperanza en que no existen casos de Coronavirus, con el objetivo de  afrontar una realidad diversa a la que vivíamos antes de la pandemia, lo cual parece que será la quinta transformación de la República, secuela de la cuarta anunciada que se aprecia trastocada por diversos factores, esencialmente por la pandemia.

El fondo de una forma de convivencia social, económica  y política a otra, en este periodo de transición, será  su reordenación que se tendrá que cimentar en bases profundamente modificadas, efectos que trascenderán a la actual globalización regional y sus liderazgos pues es evidente que dada esta trágica experiencia, a pesar de los avances tecnológicos y científicos logrados, no previeron un suceso de la magnitud del que está presente,  ni contaba con las instalaciones y equipos necesarias para afrontar el fenómeno.

Ahora se contempla por el gobierno federal la reactivación de las actividades restringidas, de manera paulatina, bajo una serie de condicionantes que serán de aplicación un tanto compleja que se suponen que adecuadas para el ramo en que se apliquen en los municipios operando de acuerdo al semáforo propuesto y la evaluación que permitirá advertir, a través de colores, el rango de los riesgos de esos espacios y las medidas relacionadas con la sana distancia, tapabocas entre otras.

En el primer decreto publicado se menciona que aplica el semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como establecer acciones extraordinarias; que la reapertura de actividades de una manera gradual, ordenada y cauta, por etapas.

Describe cada etapa, la uno se inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de covid-19 que no tengan vecindad con municipios con casos ese padecimiento; la dos del 18 al 31 de mayo del 2020, en llevarán a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, acerca de la seguridad sanitaria que señala el decreto y las que determine la Secretaria de Salud, la Secretaria del Trabajo, economía y el IMSS; la tres a partir del primero de junio.

Agrega que lo relacionado la industria de la construcción, la minería y la referente a la fabricación de equipo de transporte, serán consideradas como actividades esenciales que podrán iniciar labores el primero de junio; que los municipios en los cuales, al 18 de mayo del 2020, no se hubieran presentado casos de covid-19 que no tengan vecindad con municipios con casos de covid-19, podrán reanudar las actividades escolares, la movilización en espacios públicos, cerrados o abiertos, así como las actividades laborales, esenciales y no esenciales, de su población; se contempla una “Guía para la atención de pueblos y comunidades indígenas y afro mexicanas ante la emergencia sanitaria generada por el virus sars-cov2.

De la lectura de los acuerdos  de la Secretaría de Salud que a su vez fueron aprobados por el Consejo General de Salud, se aprecia que no existe claridad, por lo que, los responsables de las actividades citadas deberán monitorear los lineamientos  de la autoridad sanitaria, que se tendrán que ir ponderando de acuerdo a los resultados de la movilidad que conlleva en sí un riesgo para la salud, sobre todo en las escuelas en sus diversos niveles bajo la responsabilidad directa de cada gobernador y presidente municipal.

En contradicción con la centralización del sistema federal determinada a partir del gobierno de la cuarta transformación que violentó la autonomía de las entidades que integran la República y el propio equilibrio de contrapesos por parte de los poderes constituidos ahora, para la ejecución de las decisiones anunciadas, reintegra esa responsabilidad a los ejecutivos estatales el abrir esos espacios, de manera tal, que el resultado positivo o negativo de las acciones que tomen sobre todo de supervisión, será de su exclusiva responsabilidad, pues el Presidente Andrés Manuel López Obrador, lo precisó al señalar que es optativo o no poner en movimiento las actividades recomendadas en los municipios libres de covid19.

Este periodo de restricción de actividades y de la movilidad derivadas de las medidas adoptadas para atemperar los efectos del contagio, fallecimientos, insuficiencia de instalaciones sanitarias, de respiradores e insumos para la atención oportuna y eficiente de pacientes Covid transitaremos ahora en la etapa de la reactivación paulatina en Oaxaca, bajo la responsabilidad del Gobernador Alejandro Murat, este tendrá que ser minucioso en el análisis que lleve a cabo, para evitar poner en riesgo a la población en sus diversas regiones.

Es predominante que tome en consideración que, en otros estados, los gobernadores han determinado no iniciar actividades educativas pues se pone en grave predicamento a los menores y jóvenes que asisten a los centros de estudio puesto que son masivos y de estrecho contacto en los que las reglas de la sana distancia, desinfectar e higiene, se relajan y pueden producir un grave factor de incidencia agravada de la propagación de ese mal, por lo que sería recomendable que el ciclo escolar se culmine de manera no presencial y así se determine por la autoridad sanitaria y educativa.

Es conveniente resaltar que ante el evidente desaseo del manejo y respeto al orden jurídico que se ha practicado por el gobierno federal, el ejecutivo estatal, como autoridad sanitaria responsable en el estado, emita el acuerdo relativo de ejecución que, a su juicio deba aplicarse en los municipios que así lo determinen, de manera suficientemente motivada y fundada, pues es objetivamente palpable que se afecta el derecho a la salud pública con esta reactivación y consecuentemente de no hacerlo así se activaría el semáforo rojo social que actualizaría el derecho legítimo de los habitantes del estado para recurrir al juicio de amparo en defensa de ese derecho del de sus familiares y población en general. Una decisión político-administrativa, en este caso, no debe ser aplicada a costa de la integridad física y vida de la población como lo está siendo hasta ahora en esta pandemia, sin un eficiente análisis de la realidad y la transparencia de los datos oficiales, que siguen siendo cuestionados, aun en Oaxaca.

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