Al concluir el periodo de declaraciones patrimoniales en la administración pública estatal, 39 mil 969 servidores públicos cumplieron con lo establecido en el artículo 108 constitucional.
De acuerdo con datos de la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública, este requisito debe cumplirse entre el 1 al 31 de mayo de cada año, en el que las y los servidores públicos deben presentar sus declaraciones patrimoniales de modificación o anual.
La dependencia dio a conocer que el año pasado se reportaron más de 40 mil declaraciones de Modificación, por lo que en el actual ejercicio fiscal se esperaba un número similar o menor derivado de las 4 mil 684 plazas transferidas por los Servicios de Salud (SSO) al IMSS-Bienestar.
Sin embargo, a pesar de estas transferencias, la disminución de servidoras públicas del Gobierno del Estado que cumplieron con esta obligación, fue mínima a comparación con el año anterior.
Cabe destacar que esta obligación aplica a aquellas personas que se desempeñen en todas las modalidades de la administración pública estatal, desde el primer nivel del escalafón, jefe de departamento u homólogo, personal contratado por honorarios que tengan funciones de asesor, secretario particular u otro, jefes de oficina y en general mandos medios y superiores.
La norma establece que las personas servidoras públicas que sean omisas o presenten de forma extemporánea la declaración patrimonial serán acreedoras a sanciones como amonestación pública o privada, suspensión del empleo, cargo o comisión de 1 a 30 días naturales, destitución de su empleo o inhabilitación temporal para desempeñar cargos en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas de 3 meses a 1 año.
En el gobierno estatal, la Secretaría de Honestidad, Transparencia y Función Pública es la autoridad competente en términos de la Ley, para verificar entre otros aspectos, la evolución del patrimonio de las personas servidoras públicas.